Tramite Monotributo 2024

    Adhesion Monotributo Categorizacion Modificacion de datos Pago de Obligaciones Sociedades Seguridad Social El Empleador Requisitos Formales Sanciones Regimenes de Informacion A) Actividades Economicas B) Declaracion Monotributo Informativa C) Padron de Productores de Granos

    Al monento de realizar el tramite monotributo vas a poder ver en esta pagina podra acceder a toda la informacion que necesitas e informarte.

    Las preguntas mas frecuentes en el tramite monotribito es si un jubilado puede ser monotributista ?

    El Monotributo es un sistema para pequeños contribuyentes con caracterasticas especiales:

    Opcional, porque elige el mismo contribuyente monotributista elige la categoria que va a pagar.

    Simplificado porque reune dos componentes que son:

    El impuesto integrado que esta hecho en base a los ingresos brutos segun la facturacion, la superficie que utiliza para la atencion al publico, la energia consumida anualmente y el monto de los alquileres devengados.

    y por otro lado, el segundo componente, que es el pago de jubilacion y obra social.

    Este sistema esta realizado para simplificar el pago de las obligaciones impositivas que suma por un lado lo que es las ganancias y ademas el impuesto del valor agregado, el iva, y lo que se llama seguridad social, que es la jubilacion y obra social, todo esto destinado como siempre al pequeño contribuyente monotributista.

    Los beneficios de hacer el tramite monotributo es integrarse al sistema monotributo es que el comerciante deja de lado la informalidad y se suma a un sistema tributario y pasa al comercio legal y ademas esta pagando su propia jubilacion junto con la obra social para quienes estan inscriptos y realizaron el tramite Monotributo

    Con un pago mensual o una cuota unica sin ningun tipo de complicacion el comerciante adherido al Tramite Monotributo cumple con todas estas obligaciones: pago de ganancias, pago de iva, paga su jubilacion a futuro y aporta a la obra social para los contribuyentes que hicieron el Tramite Monotributo

    Todas aquellas personas fasicas que realicen ventas de cosas muebles, prestaciones de servicios o locaciones pueden hacer el Tramite Monotributo como asa tambien las sucesiones indivisas que continuan la actividad ante una persona fasica o los integrantes de una cooperativa de trabajo o sociedades de hecho e irregulares con un maximo de 3 socios.

    Los que no pueden realizar el Tramite Monotributo son aquellos que integran sociedades anonimas, colectivas, etc o que sean sociedades de hecho o irregulares y no adhieran al mismo, tambien pueden elegir.Tambien aquellas personas que se desempeñen en direccion o administracion o conduccion de esas sociedades sin perjuicio que puedan adherirse al Tramite Monotributo por otra actividad y las personas que realicen mas de tres actividades comerciales o posean mas de tres unidades comerciales.


    Adhesion en el Monotributo

    Que necesito para hacer el Tramite Monotributo ?

    Los requisitos para poder adherirse y realizar el tramite Monotributo o permanecer en el regimen son:

    Ademas una caracterastica particular es que el contribuyente que realizo el alta del Tramite Monotributo no debe contar con articulos de venta que superen los el valor establecido. Por ejemplo venta de automotores no pueden pertenecer en el Tramite Monotributo y ademas los que son importadores de cosas muebles y/o de servicios.

    Datos para tener en cuenta antes de hacer el Tramite Monotributo:

    En el caso de iniciar actividad y querer hacer el alta en el monotributo y no tener referencia a los doce meses anteriores, solo debe tener en cuenta como parametros para la adhesion al Tramite Monotributo la superficie del local que esta destinada al publico y ademas el monto del alquiler que figura en el contrato correspondiente. De ser propietario o no tener medidas especificas del local y no poder contar con estos parametros se debe estimar tanto la superficie como en el caso de un propietario lo que pagara en el caso de ser inquilino.


    Cuales son las obras sociales que puedo elegir una vez que realice el Tramite Monotributo ?

    Una vez que se hizo el alta en el Monotributo puede acceder a la lista de obras sociales que esta disponible para los que se encuentran en el Monotributo, visite el link OBRAS SOCIALES PARA MONOTRIBUTISTAS


    CONCLUSION: consideremos las ventajas positivas de estar dentro del Monotributo ademas de vivir tranquilos por tener un comercio legal, contar con obra social para toda la familia, aportes jubilatorios para el dia de mañana y hasta poder acceder a creditos bancarios para monotributistas que nos permiten una inversion mayor en nuestro comercio.

    POR LO TANTO: no tenemos por que dudar a la hora de hacer el Tramite Monotributo ademas elegir una conducta tributaria, el mejor camino como contribuyentes que es el camino de nuestro aporte voluntario correcto para vivir con dignidad y en paz.

    Quienes pueden adherirse y hacer el Tramite Monotributo?

    Pueden inscribirse y realizar el Tramite monotributo todas las personas fasicas que se dediquen a vender cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios, en donde se incluyen las actividades primarias.

    Aquellas personas fasicas que participen en cooperativas de trabajo, pueden hacer el Tramite Monotributo

    Las sucesiones indivisas pueden hacer el Tramite Monotributo una vez que siguen con la continuidad de las mismas.

    Todos los pequeños contribuyentes Monotributistas tendran que cumplir con las siguientes condiciones para hacer el Tramite Monotributo:

    Obtener ingresos brutos menores o iguales a los establecedidos ver tabla de categorias generados por las actividades, en el ultimo año calendario transcurrido.

    O en el caso de vender cosas muebles, habiendo excedido el monto establecido por el rubro y actividad ver tabla de categorias monotributo 2024.

    No exceder los parametros del Tramite Monotributo maximos correspondientes a las magnitudes fasicas y a los alquileres devengados establecidos para su categorizacion, en los 12 meses calendario inmediatos anteriores a adherirse, a los efectos de tener que abonar el respectivo impuesto integrado.

    Es requisito necesario dentro del Tramite Monotributo no superar a los establecido por el precio maximo por unidad de venta, unicamente para los casos de vender cosas muebles.

    Es necesario dentro del Tramite Monotributo no haber efectuado importaciones de cosas muebles y/o servicios, durante el ultimo año calendario transcurrido.

    Otro requisito en el Tramite Monotributo es no desarrollar mas de 3 actividades a la vez, ni tener mas de 3 locales o establecimientos fijos.

    En el caso de las sociedades incluidas en este regimen para Monotributistas, cada uno de sus integrantes, tendra que cumplir con los requisitos para hacer el Tramite Monotributo ademas de cumplir con las condiciones requeridas para las personas fasicas.


    Que se entiende por Ingresos Brutos?

    Los ingresos brutos son aquellos ingresos obtenidos por las ventas, por las locaciones o por las prestaciones que correspondan a operaciones efectuadas por cuenta propia o ajena, excepto las actividades que se hubiesen dejado sin efecto y el neto de los descuentos hechos segun las costumbres de plaza.


    ¿Cuantos locales puede tener como maximo el adherido al Tramite Monotributo

    La cantidad maxima de unidades de explotacion que puede tener cada monotributista es de 3, de lo contrario no podra realizar el Tramite Monotributo


    ¿Debe tener en cuenta aquella persona que hizo el Tramite Monotributo el precio unitario de venta como un parametro?

    Antes de generar el Tramite Monotributo se debe considerar el precio unitario de venta que vamos a tener con un maximo de lo establecido, unicamente para casos de venta de cosas muebles.


    ¿Puede hacer el Tramite Monotributo aquel que posee un comercio de venta de regalos?

    Sa, la actividad de venta de cosas muebles esta establecida dentro del Tramite Monotributo habiendo cumplido las condiciones requeridas por el regimen para monotributistas.


    Puede hacer el Tramite Monotributo el propietario de una industria?

    Sa, los propietarios de industrias pueden generar el Tramite Monotributo habiendo cumplido los requisitos que establece el regimen para monotributistas.


    ¿Puede realizar el Tramite Monotributo aquel que desarrolla su actividad perteneciendo a una sociedad anonima?

    No, quienes realicen actividades siendo miembros de sociedades comprendidas que no estan adheridas al Tramite Monotributo o no comprendidas en el, no pueden acceder al regimen para monotributistas individualmente, por pertenecer a esa sociedad.

    Tampoco pueden hacer el Tramite Monotributo aquellos que dirigen, administran o conducen dichas sociedades.


    Puede realizar el Tramite Monotributo teniendo una muebleria?

    Los contribuyentes Monotributistas que tengan ingresos brutos de no mas de lo establecido ver la tabla del monotributo 2024 podran efectuar el Tramite Monotributo pero siempre que sus ingresos sean generados unicamente por la venta de bienes muebles, y que no excedan los parametros maximos establecidos en la Categoria, de superficie afectada, de energia electrica consumida al año, y de alquileres devengados.


    ¿Se pueden incorporar al Tramite Monotributo actividades financieras?

    No, los ingresos generados por las prestaciones o inversiones financieras, o la compra venta de valores inmobiliarios, o de participaciones en el uso de cualquier tipo de sociedad, no podran hacer el Tramite Monotributo


    Se puede hacer el Tramite Monotributo realizando una actividad y ser responsable inscripto realizando otra?

    No, la condicion del Tramite Monotributo no es compatible con el desarrollo de alguna actividad en la que el sujeto es responsable inscripto en el impuesto al valor agregado.


    ¿Puede hacer el Tramite Monotributo un empleador?

    Si, un empleador puede generar el Tramite Monotributo siempre que no supere los parametros que se determinan en el regimen para monotributistas. Y tendra que ingresar los aportes, contribuciones y cuotas de sus trabajadores dependientes, en los regamenes generales de:

    El Sistema Integrado Previsional Argentino; el Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados; el Sistema Nacional del Seguro de Salud; de Asignaciones Familiares y Fondo Nacional del Empleo y de la Ley sobre Riesgos de Trabajo, dentro de los plazos que establecen las normas de fondo y de procedimiento reguladas por cada regimen.


    ¿Puede realizar el Tramite Monotributo un profesional?

    El monto de ingresos brutos anuales correspondiente a la prestacion de servicios no puede superar ta tabla de categorias del monotributo por servicios ver tabla.


    ¿Se pueden efectuar exportaciones habiendo hecho el Tramite Monotributo ?

    Las exportaciones no estan descartadas dentro del regimen para monotributistas, de esta forma podra realizar el Tramite Monotributo con lo cual podran efectuarse las operaciones.


    ¿Puede hacer el Tramite Monotributo aquel que se dedica a la venta de automoviles usados a nombre propio, por cuenta de terceros?

    No podra hacer el Tramite Monotributo ya que la operacion no es considerada una ¨prestacion de servicios¨, sino una ¨venta¨, la cual no puede superar el precio maximo por unidad de venta establecido. Por ende, tendra que adherirse al regimen general en los tributos correspondientes.


    ¿Puede darse de alta en el Tramite Monotributo aquel que posee una chacra y no supera los parametros de ingresos brutos?

    Sa, puede adherirse realizando el Tramite Monotributo


    ¿Puede adherirse al Tramite Monotributo por una actividad independiente, aquel que trabaja en relacion de dependencia?

    Sa, se puede desarrollar una actividad en relacion de dependencia, y ser hacer el Tramite Monotributo por otra actividad. Tambien son compatibles con la condicion de monotributista, las prestaciones en concepto de jubilacion, pension o retiro, que correspondan a alguno de los regimenes nacionales o provinciales.


    ¿Puede hacer el Tramite Monotributo aquel que tiene la actividad comercial del padre fallecido en tramite de sucesion?

    Sa, siempre que se cumplan las condiciones requeridas en el Art. Nº2 de la Ley 26.565, quien pertenezca a una sociedad indivisa puede generar el Tramite Monotributo


    ¿Puede realizar el alta en el Tramite Monotributo el director de una Asociacion Mutual?

    Sa, los directores y los que integran los cuerpos de fiscalizacion de las asociaciones mutuales, pueden elegir el Tramite Monotributo por las tareas que realicen en tal caracter, como trabajadores anonimos.


    Ademas de efectuar la categorizacion, ¿Se debe declarar la actividad que se realiza en el Tramite Monotributo ?

    Sa, una vez que se hizo el Tramite Monotributo hay que declarar la actividad efectuada, mediante el nomenclador de actividades que elaboro la AFIP.


    ¿Puede hacer el Tramite Monotributo aquel que trabaja en relacion de dependencia y dicta un curso una unica vez?

    En este caso, el sujeto podra elegir por adherirse y seleccionar el Tramite Monotributo determinando en que categoria esta comprendido, segun el artaculo 8 de la Ley 26.565. O de lo contrario, podra inscribirse en el regimen general.

    De todas formas, cabe destacar, que en el momento de iniciar las actividades, en el monotributo, en contribuyente tendra que determinar la categoria que le corresponda conforme a la superficie afectada a la actividad.

    Si no conoce dichas referencias, se realizara la categorizacion inicial a traves de una estimacion razonable de sus ingresos brutos.

    El contribuyente que esta inscripto y selecciono en el Tramite Monotributo tendra que solicitar la baja en el momento de cese de actividades.


    ¿Puede estar adherida al Tramite Monotributo la empleada domestica que trabaja menos de 6 horas a la semana?

    Pueden estar adheridos y decidirse al Tramite Monotributo aquellos empleados del servicio domestico que no esten comprendidos en el Regimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Domestico que establece el Tatulo XVIII de la Ley Nº25.239 y sus modificaciones.


    ¿Puede inscribirse y hacer el Tramite Monotributo aquel que solo obtiene ingresos por cobrar el derecho de autor?

    No, el sujeto que tiene ingresos unicamente por cobrar el derecho de autor, no puede realizar el Tramite Monotributo porque no realiza ninguna actividad de las establecidas en el Art. Nº2 de la Ley 26.565, donde se determina que pueden ser pequeños contribuyentes las personas fasicas que se desempeñen en la venta de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios, o integren cooperativas de trabajo.

    No es considerada la cesion de derechos de autor en lo mencionado anteriormente.


    ¿Puede un condominio constituido por dos copropietarios de un inmueble rural destinado a una actividad agropecuaria inscribirse y hacer el Tramite Monotributo ?

    Pueden permanencer en el Tramite Monotributo las sociedades de hecho y comerciales irregulares, (segun establece la Ley de Sociedades Comerciales Nº19.550, Capitulo I, Seccion IV, y sus modificaciones), siempre que no superen los 3 socios ver actualizaciones vigentes en el organismo correspondiente.

    Asimismo, segun el artaculo Nº 5 del Decreto Nº 1/2010, los condominios de bienes muebles e inmuebles deberan dispensarse, al igual que el tratamiento establecido para las sociedades que integran el Tramite Monotributo . Ademas, hay que aclarar que cuando se trata de prestaciones de servicios, no podra superarse el monto de ingreso maximo de $200.000, para permanecer en el Tramite Monotributo


    ¿Puede hacer el Tramite Monotributo un sandico de una actividad?

    Podran optar al Tramite Monotributo aquellos sandicos que tengan ingresos provenientes del ejercicio de las funciones de sandicos societarios, que no esten comprendidos en lo establecido en el artaculo Nº 4 del Decreto Nº1/2010. Ya que, segun determinan los artaculos 284 siguientes y concordantes de la Ley Nº19.550 de Sociedades Comerciales, las funciones de los sandicos son, entre otras, verificar y fiscalizar la administracion de la sociedad, y controlar que los organos sociales den estatuto, reglamento y decisiones asambleastas, segun el correcto cumplimiento de la ley.


    ¿Puede realizar el Tramite Monotributo alguien que tambien es socio de una sociedad que no esta comprendida o adherida al regimen? De ser asa, ¿Como se deben considerar los ingresos generados por esa actividad a los efectos de la categorizacion en el Tramite Monotributo ?

    Aquel que se encuentra adherido, categorizado y recategorizado en el Tramite Monotributo no tendra computados los ingresos brutos que provengan de la participacion como socio de alguna sociedad que no este comprendida en el Regimen Simplificado (RS), o comprendida y no adherida a el.

    Dichos ingresos deberan ser considerados para cumplir, segun corresponda, con las obligaciones y los deberes impositivos y previsionales que establece el regimen general vigente.


    ¿Puede facturar rentas de segunda categoria (intereses por un contrato mutuo) un contribuyente que desarrolla actividades profesionales y esta adherido al Tramite Monotributo sin dejar de ser Monotributista?

    No, en el caso de una prestacion financiera gravada por IVA, el contribuyente no puede continuar en el regimen por esa actividad y seguir siendo monotributista por la profesion.

    Por lo tanto, darse de baja en el Monotributo debera adjudicarse la condicion de inscripto en el regimen general por las dos actividades.


    ¿Puede adherirse y hacer el Tramite Monotributo una persona fasica residente en el exterior, que desarrolle una actividad en nuestro pias, si se inscribe aqua mediante un apoderado?

    No, podra optar por el Tramite Monotributo para Pequeños Contribuyentes no tiene las herramientas para inscribir a personas fasicas que residan en el exterior.


    ¿Pued realizar el Tramite Monotributo por una actividad profesional y por otro lado, responsable inscripto por una actividad agropecuaria, aquel que realice ambas actividades simultaneamente?

    No, no puede elegir el Tramite Monotributo alguien que tambien realice alguna otra actividad en la que tenga la condicion de responsable inscripto en IVA.

    En consecuencia, tendra que adherirse en el mismo regimen por ambas actividades.


    Segun los parametros de exclusion en el Tramite Monotributo ¿Son consideradas mas de 3 unidades de explotacion aquellas que tiene una persona fasica profesional que explota 5 parcelas, asignadas con numeros de partida distintos, aunque esten ubicadas en el mismo partido?

    No, dichas partidas inmobiliarias rurales que se alquilan forman una unica unidad de explotacion, ya que para establecer la cantidad de unidades de explotacion que determina el parametro de exclusion del Tramite monotributo, se tendra en cuenta la integridad que estas conforman entre sa, y tambien si representan una unica fuente de ingresos para el locador.

    Es decir que, las parcelas deben disponerse en forma contigua, integrando un todo, representando una sola fuente de ingresos. Las mismas son alquiladas a un mismo locatario, sin poder identificar cual es el monto de alquiler de cada una de ellas, segun lo establece el respectivo contrato.


    Categorizacion dentro Tramite Monotributo

    Se considera la atribucion de los ingresos brutos al peraodo de ingresos obtenidos. Los mismos abarcan los impuestos nacionales, a excepcion de: el impuesto interno a los cigarrillos; el impuesto agregado de emergencia a los cigarrillos; y los impuestos sobre los combustibles y el gas natural.

    No se tienen en cuenta como ingresos brutos, aquellos ingresos provenientes del desarrollo de bienes de uso. estos son los que tienen un plazo de vida util mayor a dos años, siempre que se hayan mantenido un año como manimo, desde la fecha en que se habilito el bien, en el patrimonio del contribuyente que hizo el Tramite Monotributo

    Tampoco seran computados como ingresos brutos, aquellos ingresos obtenidos de:

    cargos publicos; trabajos realizados en relacion de dependencia; jubilaciones, pensiones o retiros que correspondan a algun regimen nacional o provincial; el acto de dirigir, administrar o conducir las sociedades no comprendidas en el regimen simplificado, o comprendidas y no adheridas a el; la participacion como socios de dichas sociedades; y las actividades que establece el segundo parrafo del artaculo 1 de esta medida.

    Para estos ingresos, no podran elegir el Tramite Monotributo se tendran que cumplir, en caso de corresponder, con las obligaciones y deberes impositivos y previsionales que establece el regimen general vigente.


    ¿Cuales son las nuevas categorias del Tramite Monotributo y sus respectivos importes?

    Habra que tener en cuenta las nuevas categorias del Tramite Monotributo y los importes a abonar se pueden visualice el link Categorias Monotributo.


    ¿Se incluyen otros impuestos en el nuevo regimen del Tramite Monotributo ?

    El nuevo regimen del Tramite Monotributo incluye los mismos tributos que el anterior. Estos son: los impuestos a las ganancias y al valor agregado; y las cotizaciones previsionales de salud.


    ¿Cuando la persona adherida al Tramite Monotributo puede eximirse de pagar las cotizaciones previsionales fijas?

    Quienes no tienen la obligacion de abonar las cotizaciones al regimen de la seguridad social, son:

    Menores de 18 años de edad.

    Los empleados autonomos que obtuvieron prestaciones de jubilacion ordinaria o por edad avanzada al dia 15 de julio de 1994. O que hayan alcanzado, a esa fecha, los requisitos necesarios para contar con esos beneficios.

    Los profesionales universitarios que se encuentren adheridos, por obligacion, a uno o mas regamenes provinciales para profesionales, por desempeñar esa actividad.

    Aquellos que esten desarrollando una actividad en relacion de dependencia, a la vez, y aporten como tal al regimen nacional, o a alguno de los regamenes provinciales previsionales.

    Los locadores de bienes muebles o inmuebles, siempre que no se organicen como una empresa.

    Las sucesiones indivisas, continuadoras de quienes estan inscriptos al regimen, que elijan seguir permaneciendo en este.


    ¿Puede hacer el Tramite Monotributo un trabajador autonomo jubilado, segun establece la Ley Nº 24.241?

    Si, un trabajador autonomo jubilado puede ser adherirse y hacer el Tramite Monotributo debiendo abonar el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).


    Aquel que realizo el Tramite Monotributo por desarrollar actividades de forma independiente, y simultaneamente realiza la direccion, administracion o conduccion de sociedades no comprendidas en el monotributo, o comprendidas y no adheridas a el, ¿Tiene que aportar al regimen de autonomos, y a la vez, las cotizaciones previsionales del monotributo?

    Aquella persona que hizo el Tramite Monotributo que realice la direccion, administracion o conduccion de sociedades no comprendidas al Tramite Monotributo o comprendidas y no adheridas a el, segun los ingresos que corresponden a dicho ejercicio, tendra que cumplir con las obligaciones previsionales que establece el regimen general vigente, debiendo abonar las cotizaciones previsionales correspondientes al Tramite Monotributo sin inconvenientes, en caso de corresponder, por la actividad por la cual esta adherido.


    ¿Cual es la cantidad manima de empleados que se puede tener por Categoria del monotributo una vez que se hizo el Tramite Monotributo ?

    Cada Categoria del Tramite monotributo establece una cantidad manima de empleados, siempre que los ingresos brutos no excedan los limites indicados para hacer el Tramite Monotributo segun para cada caso:

    vigencia del monotributo

    Para la Categoria J del Tramite Monotributo con ingresos brutos anuales de segun la categoria.

    Para la Categoria K del Tramite Monotributo con ingresos brutos anuales segun la categoria.

    Y para la Categoria L mirar tabla de categoria del monotributo.


    Cuales son los nuevos parametros para la categorizacion del Tramite Monotributo ?

    Los parametros establecidos para la categorizacion del Tramite Monotributo son los mismos que en el regimen anterior. El unico adicional es el denominado ¨monto de alquileres devengados¨.


    ¿Como debe efectuarse la categorizacion del Tramite monotributo, en caso de realizar mas de una actividad?

    Para realizar la categorizacion en el Tramite Monotributo se debera considerar la actividad principal que se desarrolle, teniendo que sumar los ingresos brutos de todas. De todas formas, el maximo de actividades permitidas en el Tramite Monotributo es de 3.


    ¿Como se define cual es la actividad principal cuando se realiza mas de una una vez que se hizo el Tramite Monotributo ?

    La actividad principal realizada en el Tramite Monotributo es aquella que genere la mayor cantidad de ingresos brutos.


    ¿Cual es la categoria del monotributo que se debe determinar al iniciar una actividad y adherirse y hacer el Tramite Monotributo ?

    Al momento de iniciar las actividades y hacer el Tramite Monotributo habra que determinar la categoria de monotributo correspondiente, conforme a la magnitud fasica, que se refiere a la superficie afectada a la actividad, y en ese caso, a la suma de alquiler pactada en el respectivo contrato.


    ¿De que manera se determina la categoria del Tramite monotributo que corresponde, si no se tienen las referencias de superficie afectada, ni la suma de alquiler pactada en el contrato?

    En los casos en que no se cuente con las referencias solicitadas para determinar la categoria, habra que realizar la categorizacion del Tramite Monotributo a traves de una estimacion razonable.


    ¿De que manera se computa la superficie y la energia electrica consumida en el Tramite Monotributo en el caso de realizar una actividad en el hogar?

    Se computara como magnitud fasica en el Tramite Monotributo la superficie afectada y la energia electrica que se ha consumido en la respectiva actividad, como tambien el valor proporcional del alquiler devengado. En caso de haber un solo medidor de alto consumo energetico, se considera el gasto en un 90%, a no ser que se pruebe lo contrario.


    ¿Como se determina la categoria del Tramite monotributo que corresponde en caso de realizar prestaciones de servicios a domicilio?

    Para calcular la categoria antes de adherise al Tramite Monotributo en este caso, se considerara a las prestaciones de servicio que se realicen sin un establecimiento fijo, y a las actividades primarias, unicamente por el nivel de ingresos brutos.


    ¿Como se determina la categoria del Tramite monotributo que corresponde en caso de realizar actividades de flete, contando solo con una camioneta y un telefono celular?

    Para calcular la categoria antes de hacer el Tramite Monotributo que corresponda en caso de trabajar como fletero, se tendran que tener en cuenta los ingresos brutos anuales.


    ¿Que ingresos deben computarse para realizar la categorizacion del Tramite monotributo, en caso de ser trabajador en relacion de dependencia que se va a adherir al regimen?

    Para que los trabajadores en relacion de dependencia realicen la categorizacion del Tramite Monotributo se tendran que computar los ingresos brutos provenientes de las actividades que pertenezcan al Regimen Simplificado.


    ¿Siempre se mantendran los mismos parametros para considerar la categorizacion del Tramite Monotributo ?

    Los parametros correspondientes a cada categoria del Tramite Monotributo es decir, los montos maximos de facturacion, los valores de los alquileres devengados, y los importes del impuesto integrado a pagar, como asa tambien las cotizaciones previsionales fijas, solo podran modificarse por la AFIP una vez al año


    ¿Debe modificar la categoria del Tramite Monotributo aquella persona fasica que se adhiere como miembro de una sociedad de hecho?

    No, los socios de las sociedades comprendidas o no en el Regimen Simplificado (Tramite monotributo) no tendran que computar sus ingresos por participar en una sociedad de hecho para realizar la categorizacion individual de monotributo, ya que estos son considerados sujetos distintos de dicha sociedad. Con lo cual, el nuevo socio no tendra que modificar la categoria del Tramite Monotributo segun establece el Decreto Nº1/2010, en el artaculo 7.

    Asimismo, aquellos que formen parte de una sociedad adherida al Tramite Monotributo o que desarrollen, a la vez, una actividad individual en el mismo, tendran que abonar a dicho regimen las cotizaciones previsionales fijas, como si hubiesen efectuado la incorporacion en forma individual.

    En el caso en que la sociedad de hecho no este incorporada al Tramite Monotributo sus socios tendran que cumplir sus obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, por esa actividad, segun lo establece el regimen general.


    ¿En el Tramite Monotributo se deben considerar los gastos efectuados por los servicios de luz, gas y telefono, a los efectos de establecer los alquileres devengados ?

    Se consideran como parametro del Tramite Monotributo los alquileres devengados, conforme al inmueble donde se realiza la actividad, todas las contraprestaciones, en dinero o en especie, que provengan de la locacion, uso, goce o habitacion, sea cual fuere el nombre que tenga, de tal inmueble, como asa tambien los importes que correspondan a sus complementos. estos pueden ser: las mejoras realizadas por los arrendatarios o inquilinos, la contribucion directa o territorial y otros gastos o impuestos que tengan a su cargo, y el monto pagado por el uso de muebles y otros accesorios o servicios suministrados por el propietario.

    Es decir, que seran consideradas mejoras todas las erogaciones que no impliquen reparaciones ordinarias para el mero mantenimiento del bien.

    Por ende, los gastos realizados por el inscripto al Tramite Monotributo por el consumo de luz, gas y telefono no se tienen en cuenta para establecer los alquileres devengados, ya que no son una contraprestacion que constituye el precio pactado, sino que se incluyen en el consumo que realiza el locatario por dichos servicios.


    ¿Hay una cantidad maxima de empleados para cada categoria dentro del Tramite monotributo?

    No, no hay un lamite de empleados que pueda tener un monotributista. Lo que si hay es una cantidad manima de empleados correspondientes a las categorias de Tramite Monotributo J, K y L.


    ¿Debera realizarse la categorizacion del Tramite Monotributo como venta de cosa mueble a aquel que preste servicios de carpinteria, implicando la fabricacion de un bien mueble, pero no en serie?

    No sera necesario que el inscripto al Tramite Monotributo haga este tramite, ya que la ocasional fabricacion de un mueble a pedido, en el caso de un carpintero, seria considerado como una locacion de obra, pues el termino fabricacion se refiere a la construccion de objetos en serie.


    ¿Como se debe tratar los recupero de gastos para determinar el parametro de ¨ingresos brutos¨?

    Siempre que los recupero de gastos se encuentren debidamente identificados en la factura que corresponda, no tendran que tenerse en cuenta para calcular el parametro de ¨ingresos brutos¨.


    Modificacion de Datos

    ¿Que Tramite Monotributo se debe realizar en el caso de haber realizado el cambio de domicilio a traves del Servicio ¨Sistema Registral¨ si transcurridos los 30 dias no se ha recibido el codigo de confirmacion para acceder al servicio y confirmar el mismo?

    Aquellas personas que esten adheridas al Tramite Monotributo y hayan realizado la modificacion de datos correspondiente al cambio de domicilio, y que habiendolo informado, no hayan recibido el codigo de confirmacion del domicilio, tendran que concurrir a la agencia de AFIP que corresponda al domicilio fiscal que se desee declarar.


    ¿Debe efectuar algun tramite aquel que hizo el Tramite Monotributo la actualidad y realiza algun cambio en su actividad?

    Sa, aquellos que son actualmente optaron por el Tramite Monotributo deberan realizar la modificacion de datos por medio de la transferencia electronica de datos, ingresando a la pagina web de AFIP, www.afip.gob.ar , con la clave fiscal, accediendo al servicio ¨Sistema Registral¨ y eligiendo la opcion ¨Registro Tributario¨.


    ¿Como se debe realizar el cambio de domicilio en el Tramite Monotributo ?

    Para los contribuyentes que estan dentro del Tramite Monotributo la modificacion de datos correspondiente al cambio de domicilio podra efectuarse a traves de la transferencia electronica de datos, ingresando a la pagina web de AFIP, www.afip.gob.ar , con la clave fiscal, accediendo al servicio ¨Sistema Registral¨ y eligiendo la opcion ¨Registro Tributario¨.

    Asimismo, en caso de haber realizado un Tramite Monotributo en el cambio del domicilio fiscal a traves de internet, habra que denunciar cualquier modificacion de datos que se realice en el transcurso del año inmediato siguiente, unicamente ante la dependencia de la AFIP que tenga jurisdiccion sobre el domicilio que se quiere cambiar. En tanto, debera observarse el procedimiento establecido en el primer parrafo del Artaculo 10 de la RG 10/1997, para el cual se tendra que presentar la documentacion requerida en el inciso g) del Artaculo Nº 3 de la mencionada norma.


    ¿Aquellas personas que realizaron el Tramite Monotributo y optaron por el cambio de domicilio lo deben confirmar de manera electronica?

    Cuando se esta incripto en el Tramite Monotributo se debe realizar la modificacion de datos correspondiente al cambio de domicilio a traves del formulario electronico de declaracion de domicilios, F 420/D, mediante el servicio ¨Sistema Registral¨, AFIP emitira una notificacion por el correo postal con el ¨codigo de confirmacion del domicilio¨.

    El mismo tendra en este Tramite Monotributo debe ingresarse, con CUIT y Clave Fiscal, obligatoriamente, en el servicio ¨Sistema Registral¨, opcion ¨Registro Tributario¨, ¨Confirmacion del Domicilio¨. De este modo se dara de alta el domicilio en los registros del Organismo, en el cual revestira la condicion de ¨Confirmado¨.

    Para realizar esta modificacion de datos dentro del Tramite Monotributo habra que tener una Clave Fiscal que cuente con un nivel manimo de seguridad 3.

    En el caso en que no se confirme dicha modificacion de datos en el transcurso de 30 dias, se archivara el Tramite Monotributo quedando el domicilio sin existencia.


    ¿Como debe hacer la modificacion de datos frente al Tramite Monotributo aquel que comenzo a trabajar en relacion de dependencia?

    Para quienes optaron por el Tramite Monotributo para efectuar la modificacion de datos, habra que ingresar a la pagina web de AFIP www.afip.gob.ar , accediendo en las siguientes opciones:

    • ¨Clave fiscal¨.
    • ¨Ingreso al Sistema¨, en la cual habra que ingresar el CUIT y la clave fiscal.
    • ¨Sistema Registral¨- Registro Tributario – Monotributo¨
    • ¨Modificacion de datos¨, debiendo escoger el CUIT y luego apretar el boton ¨Generar Declaracion Jurada¨.
    • ¨Autonomos¨, seguida de la opcion ¨No aportante a este regimen¨, y en este caso, ¨Trabajador en Relacion de Dependencia¨.
    • Luego de seleccionar la opcion que corresponda, habra que informar el CUIT del empleador, y la fecha de inicio como empleado.

    De este modo, sera generada por el sistema una nueva credencial de pago, que contara con el importe que corresponda al componente impositivo del Tramite Monotributo


    ¿Como debe efectuar la modificacion de datos en el Tramite Monotributo aquel que se jubila y sigue en la actividad?

    Una vez hecho el Tramite Monotributo para efectuar la modificacion de datos habra que ingresar a la pagina de AFIP, www.afip.gob.ar, accediendo a las siguientes opciones:

    ¨Clave fiscal¨.

    ¨Ingreso al Sistema¨, en la cual habra que ingresar el CUIT y la clave fiscal.

    ¨Sistema Registral¨- Registro Tributario – Monotributo¨

    ¨Modificacion de datos¨, debiendo escoger el CUIT y luego apretar el boton ¨Generar Declaracion Jurada¨

    ¨Autonomos¨, seguida de la opcion ¨Jubilado Ley 24.241¨

    De este modo, sera generada por el sistema una nueva credencial de pago, que contara con el importe que corresponda al componente impositivo del Tramite Monotributo y la suma que corresponden a autonomos.


    ¿Cual es la modificacion de datos que debera realizar un profesional que realizo su Tramite Monotributo que comienza a aportar por obligacion a una caja provincial?

    Despues de finalizado el Tramite Monotributo para efectuar la modificacion de datos habra que ingresar a la pagina de AFIP, www.afip.gob.ar , accediendo a las siguientes opciones:

    • ¨Clave fiscal¨.
    • ¨Ingreso al Sistema¨, en la cual habra que ingresar el CUIT y la clave fiscal.
    • ¨Sistema Registral¨- Registro Tributario – Monotributo¨.
    • ¨Modificacion de datos¨, debiendo escoger el CUIT y luego apretar el boton ¨Generar Declaracion Jurada¨.
    • ¨Autonomos¨, seguida de la opcion ¨No aportante a este regimen, y en este caso, ¨Profesional con Aporte a Cajas Provinciales/locales¨.

    De este modo, sera generada por el sistema una nueva credencial de pago, que contara con el importe que corresponda al componente impositivo del Tramite Monotributo


    ¿Como hace una persona que realizo el Tramite Monotributo si quiere adherir a un integrante del grupo familiar primario a la Obra Social?

    Posteriormente al Tramite Monotributo para efectuar la modificacion de datos correspondiente a la incorporacion de un integrante del grupo familiar primario habra que ingresar a la pagina de AFIP, www.afip.gob.ar , accediendo a las siguientes opciones:

    ¨Clave fiscal¨.

    ¨Ingreso al Sistema¨, en la cual habra que ingresar el CUIT y la clave fiscal.

    ¨Sistema Registral¨- Registro Tributario – Monotributo¨.

    ¨Modificacion de datos¨, debiendo escoger el CUIT y luego apretar el boton ¨Generar Declaracion Jurada¨.

    ¨Obra Social¨.

    ¨Agregar Integrante¨. Aqua habra que completar con el Nombre, Apellido, DNI, CUIT o CUIL y parentesco, este puede ser conyuge o hijo/a del adherente.

    De este modo, sera generada por el sistema una nueva credencial de pago, que contara con el importe que corresponda, y la suma adicionales por cada integrante que adhiera.


    ¿Como se realiza el cambio de Obra Social?

    Tras el Tramite Monotributo para efectuar esta modificacion de datos, habra que concurrir a la sede de la Obra Social elegida, llenar el formulario que corresponda y suscribir el libro rubricado. La nueva Obra Social comienza a aplicar su cobertura a partir del primer dia del tercer mes desde la fecha en que fue efectuada la opcion de cambio, no pudiendo ser rechazada la afiliacion del beneficiario adherido al Tramite monotributo por ninguna Obra Social que se encuentre habilitada para recibirlo.


    ¿Que modificaciones de datos son las que implican el reemplazo de la credencial para efectuar el pago del Tramite Monotributo ?

    En el caso de recategorizacion cuatrimestral del Tramite Monotributo y en aquellos casos que se realicen modificaciones en los datos establecidos por el Codigo unico de Revista (CUR), la credencial de pago tendra que reemplazarse.

    Estas modificaciones de datos en el Tramite Monotributo se podran corroborar en cualquiera de sus componentes, como ser:

    Impuesto Integrado: ya sea por error o por categorizacion de oficio.

    Cotizaciones Previsionales Fijas: ya sea por obligacion, o por no estar mas obligado a percibir cotizaciones a la seguridad social una vez alcanzados los 18 años de edad; por comenzar o terminar un contrato de trabajo desarrollado en relacion de dependencia; por contar con algun beneficio de jubilacion; por aportar a una caja profesional, etc.

    Obra Social: ya sea por ejercer o renunciar a la opcion de Obra Social y/o por el alta o la baja de algun integrante del grupo familiar primario.

    La nueva credencial para efectuar el pago del Tramite Monotributo segun los respectivos formularios F. 152, F. 153 o F. 157, se obtendra realizando la solicitud a traves de transferencia electronica de datos del formulario F. 184, el Nuevo Modelo. Para ello, habra que ingresar a la pagina de la AFIP www.afip.gob.ar , accediendo al servicio ¨Sistema Registral¨, opcion ¨Registro Tributario – Monotributo – Modificacion de Datos¨.


    Pago de Obligaciones

    ¿Cuando se debe realizar el pago de la primera cuota en caso de inscribirse y hacer el Tramite Monotributo ?

    Al momento de iniciar las actividades y darse de alta en el Tramite Monotributo los contribuyentes deben abonar, por obligacion, el pago mensual desde el mes en que se hayan adherido. A partir del momento en que se efectue la adhesion, esta comenzara a tener efecto.

    El pago del Tramite Monotributo que corresponde al mes en que se iniciaron las actividades podra realizarse, como fecha lamite, el ultimo dia de dicho mes.


    ¿Se debera abonar el pago correspondiente a la nueva recategorizacion del Tramite Monotributo el mismo mes en que fue efectuada la misma?

    No, el pago de la nueva categoria del Tramite Monotributo debera efectuarse a partir del primer dia del mes siguiente inmediato al que se realizo la recategorizacion del Tramite Monotributo es decir, aquel que se recategoriza en el Tramite Monotributo en el mes de Enero, debera abonar el nuevo valor en Febrero.


    ¿Cual es el formulario para realizar el pago mensual del Tramite Monotributo ?

    Para los contribuyentes que se dieron de alta en el Tramite Monotributo el pago mensual debera realizarse con los siguientes formularios, segun corresponda:

    A aquellas personas fasicas y sucesiones indivisas en relacion al impuesto integrado, los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), y la Obra Social, les corresponde el Formulario 152.

    A las sociedades de hecho y sociedades comerciales irregulares, segun el Capatulo I, Seccion IV, de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales, les corresponde el Formulario 153.

    Y por ultimo, a quienes se inscriban en el Tramite Monotributo al Regimen de Inclusion Social y Promocion del Trabajo Independiente les corresponde el Formulario 157.


    ¿Como se debe reimprimir la credencial para efectuar el pago del Tramite Monotributo ?

    El pequeño contribuyente que ya hizo el Tramite Monotributo y no posee la credencial de pago, debera reimprimirla a traves de internet, ingresando a la pagina web de AFIP, www.afip.gob.ar , con la clave fiscal, accediendo a la opcion ¨Ingreso al Sistema¨, donde se tendra que colocar el CUIT y la clave fiscal. Una vez alla, se desplegara un menu de opciones, de las cuales habra que elegir el servicio ¨Sistema Registral´, y la opcion ¨Registro Tributario – Monotributo¨, y luego ¨Reimpresion de Credenciales¨, pudiendo desde aha reimprimir la credencial para realizar el pago.

    Cabe aclarar que para poder continuar el Tramite Monotributo debera seguir con la reimpresion de la credencial de pago, habra que tener una ¨Clave Fiscal¨ habilitada con Nivel de Seguridad 2.


    ¿Cuando vence la obligacion de pago del Tramite Monotributo ?

    Aquellas personas que esten inscriptas y optaron por el Tramite Monotributo deberan cumplir con el pago mensual hasta el dia 20 de cada mes. En tanto, en caso de tratarse de inicio de actividades en el Tramite Monotributo el pago que corresponda al mes en que se inicio la actividad se podra realizar como fecha lamite, el ultimo dia de dicho mes.

    Dichas fechas se aplicaran tambien para aquellas personas que esten adheridas al Tramite Monotributo en el Regimen de Inclusion Social y Promocion de Trabajo Independiente, los cuales tendran que abonar el pago correspondiente al 5% del importe total de las operaciones que se hayan facturado en el mes anterior, que esten a cuenta de los aportes establecidos en el inciso a) del artaculo Nº 39 del ¨Anexo¨ destinado al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), hasta el 20 de cada mes.


    ¿De que forma se puede realizar el pago del Tramite Monotributo ?

    Una vez finalizado el Tramite Monotributo el pago podra efectuarse por cualquiera de las siguientes formas:

    Depositando el pago del Tramite Monotributo en una cuenta ante cualquier banco habilitado, segun lo establece la Resolucion General Nº 1.217.

    Realizando una transferencia electronica de fondos, segun lo establece la Resolucion General Nº 1.778.

    Debitando el pago en una cuenta, mediante el cajero automatico, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion General Nº 1.206.

    Efectuando el debito directo en una cuenta bancaria, debiendo antes solicitar la adhesion al servicio en el banco en el que este establecida la respectiva cuenta. Aquellas adhesiones que se soliciten hasta el 20 de cada mes como fecha lamite, comenzaran a ser efectivas desde el mes inmediato siguiente.

    De igual manera, se podra realizar la solicitud de la apertura de una ¨Caja de Ahorro Fiscal¨, en forma gratuita, en cualquiera de las sucursales o bien, en la casa central del Banco de la Nacion Argentina, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion General Nº 1.822.

    Efectuando el debito automatico a traves de la tarjeta de credito, segun lo establece el procedimiento de la Resolucion General Nº 1.644.

    El pago que se realice en entidades bancarias habra que efectuarlo personalmente, y en el se debera presentar la credencial de pago con los formularios que correspondan, F. 152, F. 153 o F. 157.

    La entidad bancaria receptora emitira un ticket, ya sea por ventanilla, por cajero automatico o ¨home bancking¨, o bien, el correspondiente resumen mensual de cuenta, donde se verificara la CUIT del deudor y el valor del pago mensual obligatorio. Los mismos seran el equivalente al comprobante de pago


    ¿Cuales son los bancos en los que se puede efectuar el pago del Tramite Monotributo ?

    Los contribuyentes que realizaron el Tramite Monotributo podran utilizar los bancos que se encuentran habilitados para realizar el pago se pueden visualizar en el link http://www.afip.gov.ar/genericos/Banco/default.asp

    Si se quiere consultar los bancos que operan con Volante Electronico de Pagos (VEP), se podra ingresar al vanculo http://www.afip.gob.ar/genericos/comopagarimpuestos/documentos/bancosqueoperanconvep.pdf copiar y pegar en el navegador este link, Como pagar Impuestos publicado en la pagina de la AFIP

    Para poder realizar una busqueda mas simple, se podra optar en la consulta la informacion basada en distintos criterios, como ser: por banco, por localidad, por codigo postal.

    En los dos casos, el sistema exhibira la informacion que hace referencia a la entidad bancaria, y si se quiere, a los datos adicionales acerca del tipo del Tramite Monotributo al que se esta ingresando y la forma en la que se realizara el pago.


    ¿Se producen intereses si se realiza el pago de la obligacion mensual del Tramite Monotributo fuera de termino?

    Sa, los que se dieron de alta en el Tramite Monotributo si efectuan el pago efectuado fuera de termino produce intereses.


    ¿Cuando fueron las fechas de vencimiento de la obligacion de pago correspondiente al Tramite Monotributo los peraodos que operaron entre los meses 7/2004 y 4/2010 inclusive?

    La fechas de vencimiento para efectuar el pago de las obligaciones del Tramite Monotributo correspondientes a los peraodos que operaron entre los meses 7/2004 y 4/2010 inclusive, fueron los dias 7 de cada mes.

    Dichas fechas de vencimiento no fueron aplicables para aquellos que se hayan adherido al Tramite Monotributo como Regimen de Inclusion Social y Promocion del Trabajo Independiente, desde el mes 1/2010. Los mismos tendran que realizar, hasta el dia 20 de cada mes, el pago correspondiente al 5% del importe total de las operaciones que se hayan facturado en el transcurso del mes anterior, quedando a cuenta de los aportes que establece el inciso a) del Artaculo 39 del ¨Anexo¨ destinado al Sistema Integrado Previsional.


    ¿Como deberan abonarse los intereses por no haber realizado el pago mensual del Tramite Monotributo en termino?

    Los intereses que se hayan producido en cada peraodo por no haber podido efectuar el pago en termino, del alta del Tramite Monotributo deberan abonarse con el formulario 155. Considerando que habra que llenar un formulario por cada uno de los conceptos que se ingresen.

    Los respectivos Codigos de este Tramite Monotributo para efectuar el pago son:

    Para los intereses resarcitorios de la Obra Social: 024 para el Rubro I, 019 para el Rubro II, y 051 para el Rubro III.

    Para los intereses resarcitorios del Tramite Monotributo Previsional: 021 para el Rubro I, 019 para el Rubro II, y 051 para el Rubro III.

    Para los intereses resarcitorios del Tramite Monotributo Impositivo: 020 para el Rubro I, 019 para el Rubro II, y 051 para el Rubro III

    Para consultar el pago que se debe efectuar segun cada categoria del Tramite Monotributo se debera tocar este link pagos segun la categorias de Monotributo.


    ¿Donde se puede efectuar el pago de los intereses?

    Si esta inscipto en el Tramite Monotributo y desea saber donde realizar el pago de intereses puede visualizar en el link copiando y pegando en su navegador: href="http://www.afip.gov.ar/genericos/Banco/default.asp Bancos Habilitados para pago de intereses

    Para poder realizar una busqueda mas simple, se podra optar en la consulta la informacion basada en distintos criterios, como ser: por banco, por localidad, por codigo postal.

    En los dos casos, el sistema exhibira la informacion que hace referencia a la entidad bancaria, y si se quiere, a los datos adicionales acerca del tipo de Tramite Monotributo al que se esta ingresando y la forma en la que se realizara el pago.


    ¿De que manera esta compuesto el pago del Tramite Monotributo ?

    Si esta por realizar el alta en el Tramite Monotributo y quiere consultar como se compone el pago del monotributo, se debera ingresar a Pagos Categorias Monotributo AFIP


    ¿Como se realiza el pago de las cargas sociales de los empleados habiendo realizado el Tramite Monotributo ?

    Para quienes hicieron el Tramite Monotributo y desean saber cual es el pago correspondiente a las cargas sociales de los empleados debera efectuarse a traves de la declaracion jurada, o del volante de pago provisto por el aplicativo.


    ¿Como puede realizarse el pago de una deuda con fecha anterior al 30/06/04?

    Si usted realizo el Tramite Monotributo y adeuda, el pago de dicha deuda habra que efectuarlo exigiendole al cajero que abone el importe como formulario 1620.

    Si se trata de intereses, habra que realizarlo con el formulario F 166.

    Los Codigos que debera ingresar el cajero, segun corresponda, son:

    Para el impuesto, correspondiente al rubro I, F.1661, seran: 020-019-051

    Y para la jubilacion y obra social, correspondientes al rubro II, F. 1662, seran: 021-019-051.


    ¿Cual era el pago que habia que realizar y su respectiva fecha de vencimiento de la mensualidad correspondiente al peraodo 01/04/00 – 30/06/04?
    ¿Cual era el pago que habia que realizar y su respectiva fecha de vencimiento de la mensualidad correspondiente al peraodo anterior a 1/04/00?
    ¿Como puede realizarse el pago de las cargas sociales de los empleados por peraodos que van desde el 01/04/00 hasta el 30/06/04?

    Cuando se esta inscripto en el Tramite Monotributo el pago de las cargas sociales debera abonarse con el F. 170 y los intereses con el F. 166, terminando de completar el rubro III.

    El cajero tendra que ingresar los siguientes codigos: para el F. 1663 le corresponden 022-019-051.


    ¿Como se realiza el pago de las cargas sociales de los empleados por peraodos anteriores al 01/04/00?

    Para el pago de las cargas sociales debera abonarse con el F. 165 y los intereses con el F. 166, habiendo terminado de completar el rubro III.

    El cajero tendra que ingresar los siguientes codigos: para el F. 1663 le corresponden 022-019-051.


    ¿Se puede excluir el componente de jubilacion del pago, dentro del Tramite Monotributo abonando solo el de la Obra social, con respecto al componente previsional?

    No, es obligatorio el pago del componente previsional completo.


    ¿Cual es el procedimiento a seguir para adherir al debito automatico el pago del Tramite Monotributo ?

    Para conocer la forma de realizar el pago del Tramite Monotributo a traves del debito automatico, habra que ingresar a la pagina web de AFIP www.afip.gob.ar , accediendo a ¨Monotributistas (MT)¨, seguida de la opcion ¨como pagar mis impuestos¨.


    ¿Cuando finaliza la obligacion del pago, una vez que se esta inscripto en el Tramite Monotributo ?

    El pago del Tramite Monotributo debera ser efectuado hasta el momento en que el contribuyente realice la renuncia al regimen o hasta el momento en que se produzca el cese absoluto de actividades.


    ¿Que beneficios y cotizaciones presenta el Tramite Monotributo de Regimen de Inclusion Social y Promocion del Trabajo Independiente?

    Los contribuyentes que hicieron el Tramite Monotributo cuando integran el Regimen de Inclusion Social, este comprende el pago de una ¨cuota de inclusion social¨, la cual sustituye al pago mensual obligatorio de la cotizacion previsional destinado al regimen jubilatorio.

    Asimismo, el contribuyente que hizo el Tramite Monotributo cuenta con el derecho de recibir las prestaciones que preve el sistema nacional de salud, siempre que se abonen las cotizaciones que correspondan y que no deba efectuar el pago del impuesto integrado.


    ¿Que comprende el pago del Tramite Monotributo que debe efectuar un asociado de Cooperativa de Trabajo?

    El asociado a una Cooperativa de Trabajo que realizo el Tramite Monotributo debera efectuar el pago unicamente de las cotizaciones previsionales. No tendra que abonar el impuesto integrado, excepto que el total del mismo exceda el lamite establecido de $24.000 al año de ingresos brutos, teniendo que pagar ademas, en tal caso, dicho impuesto.


    ¿Quien debera realizar el pago de los aportes del Tramite Monotributo si uno es un monotributista asociado a una Cooperativa de Trabajo?

    Dentro del Tramite Monotributo el pago de los aportes al Regimen Simplificado debera efectuarlo la Cooperativa de Trabajo, siendo esta un agente de retencion.


    ¿En que momento la Cooperativa de Trabajo debera retener los aportes de un asociado?

    La Cooperativa de Trabajo tendra que practicar la retencion de los aportes de un asociado cada vez que le efectue la liquidacion del pago a este, en forma de adelantos del resultado anual.


    ¿Hay algun tipo de trato especial para las Cooperativas de Trabajo que esten inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economia Social?

    Si la Cooperativa de Trabajo esta inscripta en el Registro Nacional de efectores de Desarrollo Local y Economia Social, y el asociado obtiene la suma de hasta $24.000 de ingresos brutos al año, no debera efectuar el pago del impuesto integrado y el aporte previsional destinado al SIPA. En tanto, aquellos aportes que esten destinados al Sistema de Salud, tendra que efectuarlos con un 50% de descuento.


    ¿Como se puede regularizar la deuda del Tramite Monotributo a partir del año 2006?

    El pago del importe del Tramite Monotributo podra realizarse a traves de la credencial de pago con Formulario Nº 152, mientras que los intereses podran abonarse con el Formulario Nº 155.

    Los codigos que debera ingresarse para efectuar dichos pagos del Tramite Monotributo seran: 020-019-051 para el componente Impositivo; 021-019-051 para componente jubilatorio; y 024-019-051 para el componente de obra social.

    Asimismo, segun lo determina la RG 2774/10, esta en vigencia el plan de pagos ¨Mis Facilidades¨, con el cual se podra regularizar la situacion correspondiente a la respectiva deuda del Regimen Simplificado (Tramite Monotributo), realizando el pago en hasta 20 cuotas, con un 2% de tasa de financiamiento, y $150 de cuota manima.


    Sociedades ¿Cuales son las sociedades que se pueden adherir al Tramite Monotributo ?

    Las sociedades que pueden incorporarse al Tramite Monotributo son las de hecho y las comerciales irregulares.


    ¿En que categorias del Tramite Monotributo se deberan encuadrar las sociedades?

    Las mismas podran categorizarse en el Tramite Monotributo unicamente desde la Categoria D en adelante.


    ¿Cuanto debe pagar la sociedad que se adhiera al Tramite Monotributo ?

    Cada sociedad que confeccionara el Tramite Monotributo debera abonar el impuesto integrado.

    En tanto, el importe a pagar va a ser correspondiente a la Categoria del Tramite Monotributo que se inscriba, dependiendo del tipo de actividad, los ingresos brutos obtenidos y el resto de los parametros. A tal importe se le sumara un 20% adicional por cada socio que integre a la sociedad.


    ¿Cuanto deberan pagar los socios?

    Cada uno de los socios de las sociedades inscriptas al Tramite Monotributo tendra que abonar las cotizaciones previsionales fijas.


    ¿Cual es la cantidad de socios que puede tener una sociedad?

    Las sociedades podran tener 3 socios como maximo.


    ¿Que ingresos debera tener en cuenta para categorizarse aquel que hizo el Tramite Monotributo y realiza una actividad independiente como monotributista y ademas integra una sociedad de hecho?

    En este caso del Tramite Monotributo se deberan considerar solo los ingresos brutos obtenidos por la actividad independiente que realiza.


    ¿Que sucede si alguien realiza una actividad independiente en el Tramite Monotributo y ademas integra una sociedad de hecho, y esta queda excluida del Regimen Simplificado?

    En el caso en que una sociedad quede excluida del Tramite Monotributo solo se veran afectados los socios como integrantes de la misma, no siendo aplicable dicha exclusion a los socios con respecto a la otra actividad por la cual estan inscriptos al Tramite Monotributo .


    ¿Pueden hacer el Tramite Monotributo aquellos socios que integren una sociedad de hecho si esta no esta adherida al regimen?

    No, aquellos socios que integren sociedades que esten comprendidas y no adheridas al Tramite Monotributo , no podran incorporarse individualmente al regimen por dicha condicion.


    ¿Pueden hacer el Tramite Monotributo aquellos socios que integran una sociedad de hecho no comprendida en el regimen?

    No, aquellos socios que integren sociedades que no esten comprendidas en el Tramite Monotributo , no podran incorporarse individualmente al regimen por dicha condicion.

    Como asa tampoco podran hacer este Tramite Monotributo las personas que se encargan de la direccion, administracion o conduccion de dichas sociedades.


    ¿Que tratamiento se debe aplicar a los condominios?

    Para el caso del Tramite Monotributo en los condominios de bienes muebles e inmuebles deben tener el mismo tratamiento que se dispone para las sociedades que estan comprendidas en el Tramite Monotributo


    ¿Se puede hacer el Tramite Monotributo para una sociedad de hecho?

    Si, las sociedades de hecho pueden adherirse al Tramite Monotributo siempre que no superen los 3 socios y cumplan con el resto de las condiciones. De igual manera para este Tramite Monotributo se disponen requisitos para las personas fasicas, que tendran que reunirse individualmente, por cada socio.


    ¿Desde que categoria del Tramite Monotributo debera encuadrarse la sociedad de hecho?

    Dentro del Tramite Monotributo la sociedades de hecho deberan encuadrarse desde la Categoria ¨D¨ en adelante.


    ¿Deberan constituir un condominio dos personas que son propietarias de un inmueble rural que alquilan? ¿Puede el condominio inscribirse en el Tramite Monotributo ?

    Podran inscribirse al Tramite Monotributo las sociedades de hecho y comerciales irregulares, siempre que no tengan mas de 3 socios que la integren.

    Para los casos de condominios de bienes muebles e inmuebles se aplicara el mismo tratamiento que el que se establece para las sociedades comprendidas en el Tramite Monotributo y en su efecto, las disposiciones previstas en el ¨Anexo¨ y en su decreto reglamentario. En tanto, cabe aclarar que si se trata de prestaciones de servicios, el ingreso maximo permitido es de $200.000 al año.


    ¿Como se debe proceder para modificar el cambio de condicion de ¨Monotributista Persona Fasica¨ a ¨Monotributista Integrante de Sociedad¨?

    Dentro del Tramite Monotributo si se desea efectuar el cambio de condicion de ¨Monotributista Persona Fasica¨ a ¨Monotributista Integrante de Sociedad¨ habra que solicitar primero, la baja al ¨Monotributo Persona Fasica¨.

    Para este Tramite Monotributo habra que ingresar al servicio ¨Sistema Registral¨ con clave fiscal, para luego efectuar de nuevo el alta, mediante el servicio ¨Monotributo¨, accediendo a la opcion ¨Integrante de Sociedad¨.


    ¿Como se debe proceder para modificar el cambio de condicion de ¨Monotributista Integrante de Sociedad¨ a ¨Monotributista Persona Fasica¨?

    Para los incluidos en el Tramite Monotributo si desean realizar dicho cambio, primero habra que solicitar la baja al ¨Monotributo Integrante de Sociedad¨. Para ello, habra que ingresar al servicio ¨Sistema Registral¨ con clave fiscal, para luego efectuar de nuevo el alta como persona fasica, accediendo a la opcion ¨Monotributo¨


    Seguridad Social

    Cotizaciones previsionales

    ¿Que cotizaciones previsionales fijas hay, y adonde son designadas?

    Las cotizaciones previsionales fijas para los que confeccionaron el Tramite Monotributo son:

    Las equivalentes a $110, destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)

    La de $70, destinada al Sistema Nacional del Seguro de Salud.

    Una opcional para el contribuyente que hizo el Tramite Monotributo equivalente a $70, con destino al Regimen Nacional de Obras Sociales, por la adhesion de cada integrante del grupo familiar.


    ¿Los jubilados deben pagar las cotizaciones previsionales fijas?

    Los jubilados tendran que considerar el respectivo tratamiento, segun corresponda, con respecto a las cotizaciones previsionales fijas:

    Aquellos trabajadores autonomos que hayan recibido prestaciones ordinarias jubilatorias o por edad avanzada, al 15 de Julio de 1994, o que a la fecha hayan juntado los requisitos necesarios para recibir los mencionados beneficios. Este concepto es gratuito.

    Los trabajadores autonomos que reciban prestaciones previsionales, segun la Ley 24.241, la cual establece que deberan abonar el importe destinado al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).


    ¿Se pueden realizar aportes adicionales para la jubilacion?

    No, esa posibilidad no es considerada, para los que estan en el Tramite Monotributo


    ¿Que jubilados son los que se incluyen en el Artaculo 32, inciso d) de la RG 2746/2010?

    Los jubilados que se encuentran incluidos en dicho artaculo son los que reciban prestaciones previsionales de jubilacion ordinaria o por edad avanzada, al 15 de Julio de 1994, segun lo establecido en el primer parrafo del artaculo 13 de la Ley Nº 24.476 y sus modificaciones.


    ¿Debe pagar las cotizaciones previsionales fijas aquel que hizo el Tramite Monotributo que efectua locaciones de inmuebles?

    Aquellas personas que esten inscriptas al Tramite Monotributo unicamente en caracter de locadores de bienes muebles o inmuebles no deberan abonar las cotizaciones previsionales fijas.


    ¿Debe aportar al regimen de autonomos, y a la vez las cotizaciones previsionales del Monotributo, aquel que hizo el Tramite Monotributo desarrolla una actividad independiente por la cual es monotributista, y simultaneamente realiza la direccion, administracion y conduccion de las sociedades no comprendidas en el regimen o comprendidas y no adheridas a el?

    Los contribuyentes que esten enmarcados dentro del Tramite Monotributo tendran que cumplir aquellas obligaciones previsionales que establece el regimen general vigente por los ingresos provenientes del ejercicio de la direccion, administracion y conduccion de las sociedades no comprendidas en el Tramite Monotributo es decir, Regimen Simplificado o comprendidas y no adheridas a el. En tanto, deberan abonarse las cotizaciones previsionales del Monotributo por la actividad por la cual este adherido, en caso de corresponder.


    ¿Debera abonar una vez sola las cotizaciones previsionales aquel que realizo el Tramite Monotributo y realiza una actividad independiente y tambien es integrante de una sociedad de hecho con la misma condicion?

    Aquellos que esten incorporados a mas de una sociedad adherida al Tramite Monotributo o que desarrollen a la vez, una actividad individual en el Regimen Simplificado, tendran que abonar a dicho regimen las cotizaciones previsionales fijas de la misma forma que si se hubiesen adherido individualmente.


    ¿Es fijo el beneficio jubilatorio para el inscripto en el Tramite Monotributo ?

    No, el beneficio jubilatorio es considerado a partir del movimiento jubilatorio


    ¿Puede jubilarse antes un taxista adherido al Tramite Monotributo ?

    No, el beneficio previsional de los regamenes diferenciales no es aplicable a quienes esten adheridos al Tramite Monotributo


    ¿Cuales son las prestaciones de la seguridad social que le corresponderan a los que hicieron el Tramite Monotributo al momento de su etapa pasiva?

    Aquellos contribuyentes que se dieron de alta en el Tramite Monotributo y que esten en su etapa pasiva contaran con la prestacion jubilatoria manima, la cobertura medico asistencial del INSSJP y el retiro por invalidez o pension por fallecimiento.

    ¿Se cuenta con una Obra Social al momento de adherirse al Tramite Monotributo ?

    Sa, al darse de alta en el Tramite Monotributo a no ser que no se tengan que pagar las cotizaciones previsionales fijas.


    ¿Se puede elegir la Obra Social?

    Sa, al momento de ingresar al Tramite Monotributo se podra elegir una obra social, excepto que se haya seleccionado una previamente. En ese caso, el sistema se encargara de predeterminar la misma.


    ¿A partir de que momento el adherido al Tramite Monotributo tiene cobertura de salud?

    El adherido al regimen que realizo el Tramite Monotributo una vez que efectua el alta comenzara a contar con cobertura de salud, a no ser que no tenga que pagar las cotizaciones previsionales fijas.


    ¿Se puede incorporar a los integrantes del grupo familiar privado a la obra social?

    Sa, cuando se hace el Tramite Monotributo se puede incluir a un integrante del grupo familiar privado y a la obra social habra que abonar, voluntariamente, $70 por cada uno.


    ¿En que situaciones se deben unificar los aportes?

    Se deberan unificar los aportes, con la opcion ¨unifica aportes¨, en el caso en que el conyuge del inscripto al Tramite Monotributo este trabajando en relacion de dependencia, lo cual lleva a realizar aportes al Sistema Nacional del Seguro de Salud o a al que efectue al Tramite Monotributo provisoriamente.


    ¿Quienes son los que no deberan abonar el componente de obra social?

    No deberan abonar el componente de obra social aquellos trabajadores autonomos jubilados; los profesionales que tienen la obligacion de tributar a una caja provincial por dicha actividad y los trabajadores en relacion de dependencia.


    ¿A que prestaciones de salud puede ingresar el inscripto al Tramite Monotributo ?

    El contribuyente que se dio de alta en el Tramite Monotributo puede acceder al Programa Medico Obligatorio (PMO) del Sistema Nacional del Seguro de Salud para el, y en caso de efectuar la opcion, para cada integrante del grupo familiar adherido.


    ¿De que manera se puede agregar un adherente al Tramite Monotributo a la obra social?

    Cuando se efectua el Tramite Monotributo para incorporar un integrante a la obra social, habra que efectuar la Modificacion de Datos. Para ello, se deberan seguir los siguientes pasos:

    En primer lugar, habra que ingresar a la pagina de AFIP www.afip.com.ar, colocar el CUIT en ¨Acceda con Clave Fiscal: CUIT/CUIL/CDI¨, y presionar el boton ¨Ir¨.

    Luego, colocar la clave fiscal y presionar ¨Aceptar¨.

    Acceder al servicio ¨Sistema Registral¨, opcion ¨Registro Tributario¨, seguida de la opcion ¨Monotributo¨.

    Seleccionar la opcion ¨Modificacion de Datos¨, en el primer punto.

    En el segundo punto, habra que seleccionar el numero de CUIT.

    Presionar el boton ¨Generar Declaracion Jurada¨.

    Aqua habra que llenar la informacion solicitada por el sistema: ¨Total de Ingresos¨, ¨Alquileres¨, ¨Superficie¨. ¨Energia¨ y ¨Precio Unitario¨. Luego, en el punto de Obra Social, clickear el boton ¨Agregar Integrante¨, y completar con los datos requeridos: Nombre y Apellido, DNI, CUIT o CUIL y parentesco del adherente, este puede ser conyuge o hijo/a.

    A continuacion, habra que presionar el boton ¨Enviar Formulario¨.

    El sistema en este Tramite Monotributo exhibira el F. 184, el cual sera un comprobante de la modificacion de datos efectuada, y el F. 152, que sera la nueva Credencial de Pago.

    De este modo el Tramite Monotributo emitira una nueva credencial de pago, generada por el sistema, con el importe que corresponda.

    Cabe aclarar que por cada adherente que se incorpore habra que abonar por adherente el costo adicional.


    ¿Quienes pueden adherirse a la obra social para monotributistas ?

    Los adheridos al Tramite Monotributo podran adherir a la obra social los integrantes del grupo familiar primario, como ser:

    • El conyuge.
    • El concubino, presentando la documentacion que lo demuestre.
    • Los hijos solteros hasta los 21 años de edad, que no esten emancipados por habilitacion de edad o por ejercer actividad profesional, comercial o laboral.
    • Los hijos solteros, mayores de 21 años, hasta los 25 años inclusive, que esten a cargo unicamente del afiliado titular, que esten cursando estudios regulares, acreditados oficialmente por la respectiva autoridad.
    • Los hijos incapacitados, sin lamite de edad, que esten a cargo del afiliado titular.
    • Los menores de edad que tengan la guarda y tutela, previamente acordada por la autoridad judicial o administrativa.

    ¿Se incluye al grupo familiar primario en la cotizacion previsional de la obra social que paga el adherido al Tramite Monotributo ?

    No, el grupo familiar primario no esta incluido en la cotizacion previsional de obra social ingresada por el adherido al Tramite Monotributo con lo cual, y si el titular asa lo desea, se podra abonar un importe adicional por cada integrante del grupo familiar que se que incorpore.


    ¿Se puede incorporar solo a algunos integrantes del grupo familiar a la cobertura de salud?

    Sa, los integrantes que se haya incluido el adherente al Tramite Monotributo seran los unicos que contaran con dicha cobertura.


    ¿Se puede modificar la incorporacion del grupo familiar primario en la cobertura de salud?

    Luego de ejercer la opcion de incluir a cada miembro del grupo familiar a la cobertura, se debera abonar su aporte obligatoriamente hasta el momento de la baja, renuncia, o exclusion del regimen del Tramite Monotributo siempre que estos no sean dados de baja.


    ¿Se pueden incluir adherentes que no pertenezcan al grupo familiar primario?

    No, solamente podran adherirse quienes sean integrantes del grupo familiar primario.


    ¿Puede la obra social exigir al adherido al Tramite Monotributo presentar el comprobante de pago antes de atenderlo?

    Sa, la obra social esta habilitada por la ley para exigir la exhibicion del comprobante al momento de atender al adherente al Tramite Monotributo


    ¿Puede la obra social dar de baja al adherente al Tramite Monotributo ?

    Sa, la obra social esta habilitada para darle de baja al monotributista siempre que conste que el mismo haya dejado de abonar 3 periodos seguidos, o 5 alternados, segun lo determina la ley.


    Puede cambiar de obra social el adherente al Tramite Monotributo ?

    Sa, el adherente al Tramite Monotributo podra optar por la opcion de cambio de obra social una vez al año. El cambio comenzara a regir desde el primer dia del tercer mes luego de haber presentado la solicitud.


    ¿Se volvera a aplicar el cronograma de gradualidad de las prestaciones en caso de cambiar de obra social?

    No, ya que el adherente al Tramite Monotributo continuo permaneciendo con su condicion de regular.


    ¿Se debe cumplir con la gradualidad en el goce de las prestaciones si el adherente al Tramite Monotributo es dado de baja por una obra social y luego vuelve a ingresar?

    Sa, en el caso de reingresar a la obra social luego de haber sido dado de baja por la misma, se tendra que cumplir con la gradualidad en el goce de las prestaciones.


    ¿Se incluye al adherente al Tramite Monotributo en el Regimen de Asignaciones Familiares?

    No, el contribuyente que se dio de alta en el Tramite Monotributo esta incluido en dicho regimen.


    B) El Empleador

    ¿Puede el adherente al Tramite Monotributo ser empleador?

    Sa, aquel que esta adherido al Tramite Monotributo puede ser empleador.


    ¿Se debera tener una cantidad manima de empleados por cada categoria para ser empleador?

    Sa, se determinan cantidades manimas de empleados para cada una de las categorias del empleador, siempre que los ingresos brutos obtenidos no excedan los importes indicados en cada caso:

    ¿Cuenta con algun regimen especial por las cargas sociales de los empleados aquel que hizo el Tramite Monotributo y a la vez es empleador?

    No, las cargas sociales tendran que ser abonadas segun el regimen.


    ¿Cuales son los pasos a seguir paraquien hizo el Tramite Monotributo y desee contratar a un empleado, realice la inscripcion como empleador y el alta del empleado?

    Aquel empleador que se dio de alta en el Tramite Monotributo que desee contratar un empleado, tendra que establecer y abonar los aportes y contribuciones de sus empleados mediante el Regimen General de Empleadores.

    Para ello habra que realizar el alta como empleador, la cual se podra efectuar optando por alguna de las siguientes maneras:

    Ingresar al servicio ¨Sistema Registral¨ con la ¨Clave Fiscal¨, opcion ¨Registro Tributario¨ - F. 420 – ¨Alta de Impuestos¨ - ¨Aportes Seguridad Social¨.

    Presentarse ante la dependencia de la AFIP en la que esten inscriptos, segun se establece en la Resolucion General Nº 10.

    Luego, el empleador monotributista debera comunicar, de manera formal, el alta del empleado. Lo cual, podra realizarlo de alguna de las siguientes maneras:

    A traves de la transferencia electronica de datos, mediante el servicio ¨Mi Simplificacion – Empleadores¨.

    Presentando ante la dependencia de AFIP en la que este inscripto, el formulario de declaracion jurada por duplicado F. 885 (Nuevo Modelo).

    A traves de la lanea gratuita de telefono 0-800-999-2347, en caso de empleados contratados para desarrollar tareas relacionadas a alguna actividad de las que se detallan en el Anexo I de la RG 1891/06.


    Requisitos Formales ¿Cual es la documentacion que se debe exhibir en el local una vez finalizado el Tramite Monotributo ?

    La documentacion que deberan exhibir obligatoriamente los contribuyentes que hicieron su Tramite Monotributo en la vidriera del local o del establecimiento, la cual debera ser visible para el publico, es la siguiente:

    • La constancia de opcion al Regimen Simplificado, Tramite Monotributo
    • El comprobante de pago del ultimo mes vencido del Tramite Monotributo original o fotocopia.
    • El F. 960.

    Los inscriptos en el Tramite Monotributo en los supuestos casos en los que no tengan vidriera, deberan exhibir dicha documentacion en un lugar visible que se destaque del local o establecimiento, situado en el area de atencion al publico

    Si el inscripto al Tramite Monotributo realiza el pago a traves de alguna de las modalidades mencionadas a continuacion, no habra que exhibir el comprobante del mismo.

    • A traves de debito directo en una cuenta bancaria.
    • Mediante el pago telefonico, donde se debera informar al centro de atencion telefonica que se encarga de la administracion de la tarjeta de credito.
    • Ingresando a la pagina web de la administradora de la tarjeta de credito.
    • A traves de debito automatico de la tarjeta de credito, el cual sera adherido informando al centro de atencion telefonica de la administradora de dicha tarjeta.

    ¿De que manera se confirma la condicion de pequeño contribuyente en el Tramite Monotributo ?

    El Tramite Monotributo es otorgado a traves de la constancia de opcion que establece la Resolucion General Nº 1.187, con sus modificatoria y complementaria.


    ¿Como se obtiene la constancia de opcion al Tramite Monotributo del Regimen Simplificado?

    Para obtener la constancia de opcion del Tramite Monotributo habra que ingresar a la pagina web de AFIP www.afip.gob.ar, y seleccionar la opcion ¨Constancia de Inscripcion¨.


    ¿Cuanto tiempo se deben conservar los comprobantes que avalan las operaciones?

    Los que se incorporaron al Tramite Monotributo tendran que conservar los comprobantes de las operaciones que efectuen, segun lo establece el Artaculo 48 de la Reglamentacion de la Ley Nº 11.683, durante el peraodo de 5 años posteriores a la prescripcion operada correspondiente al respectivo peraodo fiscal.


    Sanciones ¿Que sucede si, aquel que al no presentar la declaracion jurada de recategorizacion, del Tramite Monotributo no se le realiza el pago del tributo correspondiente?

    Aquellos pequeños contribuyentes inscriptos en el Tramite Monotributo que no hayan presentado la declaracion jurada, y en efecto no se efectue el pago del tributo, tendran una sancion correspondiente a una multa del 50% del impuesto que hubiesen tenido que pagar.


    ¿Como se debe proceder si se produce la sancion de exclusion de oficio del Tramite Monotributo ?

    La exclusion de oficio del Tramite Monotributo es la sancion que puede determinarse por la AFIP en caso de que este organismo compruebe la presencia de alguno de los causales que generen dicha exclusion de pleno derecho del regimen, como resultado de los controles que se realicen o comprobaciones que se hayan efectuado durante una fiscalizacion. En ese caso, el funcionario o inspector que actua, informara al contribuyente adherido al Tramite Monotributo y/o responsable tal situacion, poniendo a su disposicion los elementos que asa lo demuestren.

    Una vez recibida la notificacion, el contribuyente y/o responsable del Tramite Monotributo tendra la posibilidad, en el acto, o bien en el transcurso de los siguientes 10 dias luego de dicha notificacion, de realizar su descargo formal, en el cual indique los fundamentos y/o elementos que lo respalden, para evitar la sancion.

    Luego de evaluar el descargo exhibido, y de resolver las medidas que hubiere dispuesto para mejor proveer, el juez administrativo que interviene dictara la resolucion que corresponda, declarando.

    Constatando los elementos de juicio que comprueban el hecho de la respectiva causal de exclusion, mejorado el pleno derecho de la sancion correspondiente a la exclusion del Tramite Monotributo del Regimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes; la fecha a partir de la cual comenzara a regir dicha exclusion; y el alta de oficio en el regimen general de impuestos y de los recursos correspondientes a la seguridad social de los cuales es responsable el contribuyente o el archivo que determina las actuaciones.


    ¿Como se debe proceder en caso de una recategorizacion de oficio en el Tramite Monotributo ?

    Si se verifica que un contribuyente adherido al Tramite Monotributo no cumple con la obligacion de efectuar la recategorizacion, o si esta se realiza incorrectamente, el funcionario o inspector que actua se encargara de informar tal situacion al contribuyente monotributista y/o responsable, la cual generara la sancion, poniendo a su disposicion los elementos que asa lo demuestren. Asimismo, se le indicara que categoria le pertenece, y cual es la liquidacion de la deuda correspondiente a las diferencias de impuesto integrado, junto con los accesorios adicionales.

    Tambien se comunicara que dicha conducta comprende la infraccion que establece el inciso b) del artaculo 26 del Anexo de la ley 24.977, con sus modificaciones y complementarias, texto que reemplazo la ley 26.565. Y ademas, se informara que en caso de aprobar la liquidacion practicada y recategorizarse voluntariamente, no se aplicara la sancion, segun lo previsto por la mencionada norma.

    Una vez recibida la notificacion, el contribuyente y/o responsable del Tramite Monotributo tendra la posibilidad, en el acto, o bien en el transcurso de los siguientes 10 dias luego de dicha notificacion, de realizar su descargo formal por dicha sancion, en el cual indique los fundamentos y/o elementos que lo respalden.

    Luego de evaluar el descargo exhibido, y de resolver las medidas que hubiere dispuesto para mejor proveer, el juez administrativo que interviene dictara la resolucion que corresponda, declarando.

    La recategorizacion del pequeño contribuyente adherido al Tramite Monotributo en la cual se indica la fecha a partir de la cual comenzara operar la misma; el importe adeudado por el impuesto integrado y accesorios, junto con la liquidacion practicada; y la sancion que se aplica, comunicando que en caso de aceptar realizar la recategorizacion dentro de los 15 dias desde su notificacion, se reducira la sancion a la mitad, de pleno derecho.

    El archivo correspondiente a las actuaciones.

    La Resolucion determinada en este inciso, referida a la sancion, no sera emitida en caso que el contribuyente adherido al Tramite Monotributo se recategorice en forma correcta y voluntariamente antes de dictar la misma.


    ¿Puede el adherido al Tramite Monotributo interponer un recurso contra las sanciones referidas a las resoluciones de exclusion o recategorizacion de oficio?

    Sa, los contribuyentes que hicieron el Tramite Monotribito, y/o responsables tienen la posibilidad de interponer el recurso de apelacion que establece el artaculo 74 del decreto 1397/1979, y sus modificaciones.

    Dicho escrito se tendra que presentar ante el funcionario que determino el acto a recurrir por dicha sancion, en el transcurso de los 15 dias luego de haber sido notificado


    ¿Que sucede si el monotributista no exhibe la documentacion que corresponde en su local?

    Aquellos contribuyentes que estan adheridos al Tramite Monotributo y que no exhiban la documentacion que corresponde en su local o establecimiento, recibiran una sancion de clausura de 1 a 5 dias.


    ¿Que sucede en caso de que las operaciones efectuadas por el adherido al monotributo esten respaldadas por las facturas correspondientes?

    Aquellos monotributistas que estan incorporados al Tramite Monotributo y que no tengan las operaciones respaldadas por las facturas que correspondan o los documentos de las compras realizadas, locaciones o prestaciones destinadas a la actividad, recibiran una sancion de clausura de a 1 a 5 dias


    ¿Que sucede si el monotributista efectuo en forma inexacta la recategorizacion del Tramite Monotributo ?

    Los monotributistas que hayan procedido al Tramite Monotributo y realizaron la recategorizacion de forma inexacta, recibiran una sancion equivalente a una multa del 50% del impuesto integrado que hubiesen tenido que pagar, por no haber presentado la declaracion jurada de recategorizacion, y en efecto, no haber abonado el importe correspondiente del Tramite Monotributo

    Asimismo, la AFIP se encargara de realizar la recategorizacion de oficio, del Tramite Monotributo saldando la deuda resultante.

    En caso de que el monotributista acepte realizar la recategorizacion de oficio dentro de los 15 dias desde su notificacion, se reducira la sancion a la mitad, de pleno derecho.

    En tanto, si el pequeño contribuyente realiza la recategorizacion del Tramite Monotributo antes que la AFIP le comunique la deuda establecida, no se aplicara dicha sancion.


    REGIMENES DE INFORMACIoN A)Actividades Economicas B)Declaracion Monotributo Informativa C) Padron de Productores de Granos A) Actividades Economicas ¿Que se debe informar mediante el regimen de informacion?

    El regimen de informacion contiene la modificacion de datos de una o mas actividades que esten declaradas ante la AFIP. Quienes tengan la obligacion, tendran que considerar los codigos que establece el ¨Codificador de Actividades¨ (Formulario Nº 150), el cual fue aprobado a traves de la Resolucion General 485.


    ¿Quienes tienen la obligacion de cumplir con el regimen de informacion?

    Aquellos que tienen la obligacion de cumplir con el regimen de informacion son quienes esten inscriptos en el Tramite Monotributo para Pequeños Contribuyentes. Los mismos deberan acreditar las siguientes conjeturas:

    Deben tener la obligacion de obtener el formulario Carta de Porte para el comercio de granos, segun lo dispone la norma conjunta RG (AFIP) 1880, y las resoluciones (SAGPyA) 335 y (ST) 317.

    Tienen que revestir en las categorias ¨D¨ o ¨E¨ del regimen, al 1 de Octubre de 2008, segun la categorizacion por inicio de actividades o la respectiva recategorizacion del Tramite Monotributo que corresponda al segundo cuatrimestre de 2008


    ¿De que manera se deben suministrar los datos para el regimen de informacion?

    Los datos para el regimen de informacion se deben suministrar a traves de una transferencia electronica de datos, ingresando a la pagina web de AFIP www.afip.gob.ar, con ¨Clave Fiscal¨, accediendo al servicio ¨Padron unico de Contribuyentes¨, opcion ¨Actividades Economicas¨.

    Luego de haber asignado la informacion del Tramite Monotributo que solicita el sistema, el mismo emitira un acuse de recibo de la presentacion realizada.


    ¿Cuales son las fechas de vencimiento para cumplir con el regimen de informacion?

    El regimen de informacion establece la obligacion de cumplir con el mismo en las fechas indicadas a continuacion, segun cada caso:

    Quienes esten obligados a obtener el formulario Carta de Porte para el comercio de granos, sea cual fuere la categoria que revistan en el Regimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes del Tramite Monotributo: 15 de Octubre de 2008, inclusive.

    Aquellos que esten en las categorias ¨D¨ o ¨E¨ del regimen al 1 de Octubre de 2008, que no esten obligados a cumplir en la fecha mencionada en el inciso anterior: 17 de noviembre de 2008, inclusive.

    B) Declaracion Monotributo Informativa ¿Que procedimiento se debe seguir en caso de haber ingresado datos en forma incorrecta, y enviado la declaracion jurada informativa, siendo que el sistema no permite modificar la misma una vez presentada? ¿Se puede volver a presentar luego del vencimiento asignado?

    Para los que estan dentro del Tramite Monotributo luego de haber presentado la declaracion jurada informativa, no es posible modificar los datos. Sin embargo, se podra presentar una nueva declaracion jurada informativa, independientemente del vencimiento establecido. La misma debera contar con todos los datos ingresados en la original, sumando, o restando, los omitidos o modificados.

    Para poder acreditar el procedimiento establecido, el contribuyente, adherido al Tramite Monotributo debera conservar la constancia de la presentacion original y tambien la emitida por el sistema por la nueva presentacion realizada de la declaracion jurada informativa.


    ¿Quienes tienen la obligacion de cumplir con el regimen de informacion de Declaracion Jurada Cuatrimestral?

    Para los adheridos al Tramite Monotributo la recategorizacion por cada semestre calendario. Los pequeños contribuyentes que esten dentro del Tramite Monotributo tendran que presentar la misma son aquellos que, al finalizar el correspondiente semestre calendario:

    • Quienes revistan la condicion de empleadores, independientemente de si se encuadran en alguna de las categorias mencionadas en el inciso anterior.

    ¿Que sucede en el caso que el Monotributista tenga la obligacion de presentar el regimen de informacion de Declaracion Jurada fue reemplazada por la recategorizacion semestral, deje de cumplir con la condicion por la cual se incluyo en el mismo?

    En el caso en que el adherido al Tramite Monotributo deje de cumplir con la condicion por la cual se incluyo en el regimen de informacion, la obligacion de informacion permanecera por un peraodo de 6 cuatrimestres calendarios contados desde la finalizacion del ultimo semestre informado.


    ¿Cual es la informacion que se debe suministrar para el regimen de informacion de Declaracion Jurada o recategorizacion semestral vigente?

    Para el caso de los contribuyentes que estan dados de alta en el Tramite Monotributo los datos que se deben suministrar para el regimen de informacion, correspondientes a cada cuatrimestre calendario, y siempre que se puedan aplicar a la actividad que se realice, entre otros, son los que se indican a continuacion, segun corresponda:


    Documentacion para acreditar las operaciones realizadas en el cuatrimestre:

    La forma de emision (si se realiza por sistema manual o por controlador fiscal); Nº de la primera y de la ultima factura, o el respectivo documento emitido; y el importe de las operaciones efectuadas durante ese peraodo.

    Proveedores:

    El CUIT de los 5 proveedores principales, en base a la suma de las operaciones; el importe de las compras realizadas a dichos proveedores; y la cantidad de facturas, o los respectivos documentos emitidos por el proveedor al pequeño contribuyente que esta dentro del Tramite Monotributo

    Clientes:

    El CUIT, CUIL o CDI de los 5 clientes principales, en base a la suma de las operaciones; el importe facturado a dichos clientes; y la cantidad de facturas, o respectivos documentos emitidos a dichos clientes.

    Local o establecimiento en el cual se realiza la actividad:

    La condicion de propietario o inquilino, o si la actividad se realiza sin un local o establecimiento fijo; y en caso de corresponder, el numero de partida y de inscripcion dominial.

    Si tiene condicion de inquilino: el CUIT, CUIL o CDI del propietario del inmueble; el importe de los alquileres devengados durante el cuatrimestre; la fecha de inicio, y la fecha de finalizacion, del contrato de locacion.

    Energia electrica:

    Los numeros de las facturas que hayan tenido fecha de vencimiento durante el cuatrimestre; el CUIT de la empresa que provee el servicio de suministro electrico; los kw consumidos durante el cuatrimestre; el CUIT del titular del servicio (segun el nombre que figura en la factura).

    En caso de ser profesionales, se deberan adicionar los siguientes datos:

    La fecha de la primera matriculacion (de contar con mas de una), y si no esta matriculado, la fecha de expedicion del tatulo profesional; el CUIT del Consejo o del Colegio Profesional en el cual este matriculado.

    En caso de ser transportistas, se deberan adicionar los siguientes datos:

    La condicion de titular del vehaculo u otro; el importe ingresado, en caso de corresponder, por el concepto de alquiler; el CUIT de la compañia de seguro del vehaculo; el dominio del vehaculo; el valor de la prima de seguro; y el numero de poliza del seguro del vehaculo.


    ¿Como se debe informar a los cinco clientes principales, en caso de que todos ellos sean consumidores finales, y por lo cual no se cuente con el CUIT/CUIL o CDI de ninguno de ellos?

    Para los incorporados al Tramite Monotributo en la declaracion jurada informativa se debe informar a los 5 clientes principales. En el caso de que uno o todos ellos revistan el caracter de consumidores finales, no se tendran que informar dichos registros. Es decir, que no sera obligatorio completar el F. 1255, pudiendo dejar la pestaña ¨Clientes¨ sin ningun dato.

    La misma condicion es aplicable para la pestaña ¨Proveedores¨.


    En caso de ingresar a la pestaña ¨Locales¨ a fin de informar los datos catastrales del establecimiento en donde se desarrolla la actividad, figuran el sector llamado Nº Partida Inmobiliaria, y otro sector llamado Catastro, ¿Se debera informar en ambos sectores los datos de catastro para efectuar el regimen de informacion?

    Para efectuar el regimen de informacion, se tendran que ingresar los registros en un sector o el otro, segun corresponda por la jurisdiccion que comprenda el local afectado a la actividad, en base a los datos catastrales con los que cuente el informante.


    ¿Con que opcion se debe registrar, en el regimen de informacion, el local afectado a la actividad, si el mismo es utilizado en forma gratuita?

    En estos casos, se debera informar seleccionando la opcion ¨Tipo Local¨ al atem ¨Comodato¨ o al atem ¨Otros¨, segun corresponda.


    ¿Como se debe presentar el regimen de informacion de Declaracion Jurada Cuatrimestral Monotributo?

    Las formas para presentar el regimen de informacion para los inscriptos en el Tramite Monotributo seran los siguientes; debera ser a traves de transferencia electronica de datos, ingresando a la pagina web de AFIP www.afip.gob.ar, accediendo al servicio ¨Sistema Registral¨, opcion ¨Declaracion de Monotributo Informativa¨, debiendo tener para ello, clave fiscal habilitada con Nivel de Seguridad 2, como manimo.

    Una vez aprobada la transmision, el sistema se encargara de emitir una constancia de la presentacion realizada


    ¿Como registran los ingresos para efectuar el regimen de informacion, aquellos que por distintas situaciones, deben emitir comprobantes no comprendidos por la R.G. 1415/03, como los operadores de granos que utilizan formularios 1116, o las agencias de loteria y quiniela, que usan tickets, y los profesionales con regulacion de honorarios a traves de la via judicial, entre otros?

    Para aquellos que, emitan comprobantes que no esten alcanzados por la R.G. 1415/03, al momento de efectuar el regimen de informacion, deberan registrar los respectivos ingresos por las operaciones, accediendo a la opcion ¨Exceptuado Emitir Comprobantes¨, situada en la pestaña ¨Facturaciones¨.


    ¿En que momento vence la presentacion del regimen de informacion de Declaracion Jurada Monotributo?

    los contribuyentes que hicieron el Tramite Monotributo deben realizar el regimen de informacion deberan ser remitidos, hasta el dia que se indica a continuacion, segun la terminaciocute;n del C.U.I.T.:

    ¿Que sucede si no se cumple con el regimen de informacion?

    El regimen de informacion es un requisito que se debe cumplir para poder efectuar tramites de solicitudes que realicen los pequeños contribuyentes inscriptos al Tramite Monotributo desde su puesta en vigencia, en relacion a la adquisicion de constancias de tipo impositivo y/o previsional, entre otros. En caso de no cumplirse la presentacion del regimen de informacion, se podra aplicar alguna de las sanciones establecidas en la Ley 11.683.


    ¿Esta obligado a presentar la declaracion jurada informativa correspondiente al primer cuatrimestre de 2010, aquel que haya solicitado la baja en el regimen del Monotributo antes del 12 de Agosto de 2010, que es la fecha en que entro en vigencia la RG 2.888?

    Sa, en esa situacion, el contribuyente inscripto en el Tramite Monotributo tendra que presentar la declaracion jurada informativa que corresponde al primer cuatrimestre de 2010.


    ¿Esta obligado a presentar la declaracion jurada informativa hasta la etapa de baja, aquel que quedo excluido del regimen de Monotributo para pasar a ser responsable inscripto en el IVA, antes de la entrada en vigencia de la RG 2888, o no corresponde porque estan obligados los monotributistas excluidos desde el 12 de Agosto de 2010?

    Deben presentar la declaracion jurada informativa correspondiente al primer cuatrimestre aquellos contribuyentes que se encuentren encuadrados en los incisos a) y b) del artaculo 2 de la R.G. 2888/10 al finalizar dicho cuatrimestre, y no tendran que presentar las DDJJ de los seis meses posteriores, atento a quedar excluido del Regimen Simplificado, Tramite Monotributo


    ¿Debera cumplir de la misma forma con el regimen de informacion que establece la RG 2888/10 aquel que no debe recategorizarse porque comprende la misma categoria?

    A aquellos contribuyentes que esten adheridos al Tramite Monotributo les corresponde lo establecido por la R.G. 2888/10. Por lo tanto, tendran que presentar la declaracion jurada informativa, aun en caso de no tener que recategorizarse.


    ¿Tiene la obligacion de presentar la declaracion jurada informativa correspondiente a la finalizacion del cuatrimestre transcurrido, aquel que ya habia dejado de ser monotributista y dio de baja el Tramite Monotributo por cese de actividad, a dicha fecha?

    No, en esa situacion el contribuyente que estaba inscripto al Tramite Monotributo no tendra la obligacion de presentar la declaracion jurada informativa. Debera hacerlo en caso de cumplir con las condiciones establecidas en los incisos a) y b) del artaculo 2 de la RG 2888/10, al momento de finalizar dicho cuatrimestre.


    ¿Queda comprendido por el artaculo 3 de la RG 2888/10 en la obligacion de seguir brindando informacion por seis cuatrimestres, aquel que realiza la baja del Tramite Monotributo por cese de actividades y se reincorpora al mismo en el plazo de tres meses?

    Sa, en dicho caso el contribuyente que esta adherido al Tramite Monotributo debera seguir efectuando el regimen de informacion, segun lo establece el artaculo 3 de la RG 2888/10.


    ¿A partir de cuando le corresponde informar la declaracion jurada informativa, segun lo establece la RG 2888/10, a aquel monotributista comprendido en las respectivas obligaciones, que a efectos de las recategorizaciones efectuadas en los meses de Enero, Mayo y Septiembre de cada año, pasan de categoria ¨E¨ a categoria ¨F¨?

    En estos casos, la persona adherida al Tramite Monotributo debera efectuar el regimen de informacion desde el primer cuatrimestre en el que quedo encuadrado en la categoria ¨F¨, conforme a los establecido en el artaculo 2 inciso a) de la R.G. 2888/10.


    ¿Como se debe informar en la declaracion jurada informativa, el detalle del consumo de energia electrica en caso de que la electricidad se comparta entre el local, estudio o consultorio, con la casa de familia? ¿Se debera distribuir el consumo de electricidad?

    Sa, se debera informar en la declaracion jurada informativa, el consumo de energia electrica resultante de la apropiacion entre el local y la casa de familia.


    ¿Debera realizar el regimen de informacion en la pestaña ¨Transportista y Propietarios de auto, alquiler¨, aquel que esta adherido al Tramite Monotributo por desarrollar la actividad de Servicios de transporte automotor de pasajeros, a traves de taxis y remises?

    Sa, aquel contribuyente que este adherido al Tramite Monotributo por desarrollar la actividad de transportista, siendo esta realizada con un auto propio o uno alquilado a un tercero, debera ingresar los datos en la actual pestaña ¨Transportista y Propietarios de auto de alquiler¨, para efectuar el regimen de informacion.


    ¿Que registro se debe completar en el campo CUIT Titular del Servicio del Sistema, en el regimen de informacion, si la factura de energia electrica contiene la descripcion Titularidad no Informada?

    En el caso en que las facturas de energia electrica contengan la descripcion Titularidad no Informada, se debera informar, en el campo CUIT Titular del Servicio, la CUIT del titular del inmueble.


    ¿Como se debe completar el registro de energia electrica, que contiene solamente 8 caracteres en los comprobantes emitidos por el proveedor, si al momento de querer registrar el mismo, en el regimen de informacion, figura en la factura el numero con 12 dagitos?

    En los casos en que el comprobante de energia electrica emitido por el prestador de servicio contenga solamente 8 caracteres, o 12, siendo los cuatro primeros ceros, debera registrarse ingresando dicho numero de comprobante, seguido de los 4 ceros.


    ¿De que manera se registra en la declaracion jurada informativa, aquel que no es unico propietario del local declarado, si solo esta permitido adherir un titular por inmueble?

    En dicho caso, se tendra que identificar un presentante de la declaracion jurada informativa para registrar, sin importar si es el titular mayoritario del inmueble, ya que no esta permitido registrar mas de un propietario, ni hay un campo en el que se pueda completar con un porcentaje de titularidad del inmueble.


    ¿De que manera se deben registrar las compras de cigarrillos, estando dentro del Tramite Monotributo y siendo que el total de los importes facturados incluyen impuestos internos? ¿Se tendra que excluir dicho impuesto al momento de realizar la declaracion jurada cuatrimestral?

    Conforme a la declaracion jurada informativa, se tendran que informar las compras comprendiendo los impuestos internos en el total del importe.


    ¿Hasta cuando se puede presentar el regimen de informacion que corresponde al primer y al segundo cuatrimestre de 2010?

    El regimen de informacion tendra que presentarse hasta el dia 30 de Septiembre de 2010, inclusive.

    La declaracion jurada informativa sera considerada cumplida en termino, si es efectuada a los 15 dias corridos contados desde el dia inmediato siguiente, inclusive, al de la publicacion de la RG 2989 establecida, con caracter de excepcion.

    Es decir, al dia 24 de Diciembre inclusive.


    C) Padron de Productores de Granos ¿Para que es creado el Padron de Productores de Granos – Monotributistas?

    El Padron de Productores de Granos es creado con el fin de simplificar la identificacion de quienes se encuentren involucrados en la comercializacion de granos y aligerar el analisis de las operaciones en base a la verdadera capacidad economica y financiera de los productores.


    ¿A quienes comprende el Padron de Productores de Granos?

    El Padron de Productores de Granos – Monotributistas alcanza a aquellos productores inscriptos al Regimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Tramite Monotributo), que desempeñan la actividad agracola. La misma consiste en la obtencion de granos, a traves de la explotacion de uno o mas inmuebles rurales, siendo estos propios o de titularidad de un tercero, de arrendamientos y convenios rurales, entre otras modalidades.


    ¿Como se debe realizar la solicitud para efectuar la incorporacion en el Padron de Productores de Granos – Monotributistas?

    Quienes deseen efectuar la solicitud para hacer el Tramite Monotributo e incorporarse al Padron de Productores de Granos, o cualquier solicitud en relacion al mismo, deberan realizar la transferencia electronica de datos generados, a traves del programa aplicativo llamado ¨AFIP DGI – Padron de Productores de Granos Monotributistas¨, ingresando a la pagina web de AFIP.

    Dicho programa aplicativo se podra transferir desde el sitio web de AFIP. El mismo generara el formulario de declaracion jurada Nº 957.

    Una vez efectuada la transmision, el sistema emitira un acuse de recibo como constancia.

    En el caso de haber irregularidades, el uso de otro programa que no sea el que se preve, o de haber archivos defectuosos, el sistema rechazara en forma automatica la presentacion, emitiendo una constancia con dicha situacion.


    ¿Que datos se deberan asignar en la solicitud de incorporacion de Padron de Productores de Granos?

    El responsable de llevar a cabo dicho Tramite Monotributo y quiera efectuar la solicitud de incorporacion al Padron de Productores de Granos, o cualquier solicitud en relacion al mismo, debera ingresar la siguiente informacion:

    Los datos que hagan referencia a los inmuebles rurales explotados.

    Los nombres y apellidos, denominacion o razon social y la CUIT del titular de los inmuebles en los que se realiza la actividad, y otros datos relevantes acerca de la modalidad de explotacion e identificacion de dichos inmuebles rurales.


    ¿Como se debe ingresar la transmision de la solicitud para incorporarse al Padron de Productores de Granos, luego de haber realizado el Tramite Monotributo a traves de la pagina web de AFIP?

    Luego de haber realizado la transmision de aquellas solicitudes generadas a traves del programa aplicativo, el solicitante tendra que acceder al servicio ¨Padron de Productores de Granos – Monotributo¨, opcion ¨Ingresar Solicitud¨, mediante el sitio web institucional.

    A fin de constatar la informacion ingresada generada por el programa aplicativo, el sistema solicitara ingresar: el numero de verificador y el numero de transaccion generado en la transferencia electronica del formulario.


    ¿Como se puede consultar el estado de la solicitud de incorporacion al Padron de Productores de Granos, o desistir de esta?

    Para conocer el estado de dicha solicitud, el solicitante del Tramite Monotributo podra realizar el seguimiento de los procesos de control formal, online, ingresando a la opcion ¨Consultar Estado Solicitud del Servicio Padron de Productores de Granos – Monotributistas. Tambien podra desistir de cualquier solicitud, ingresando a la opcion ¨Desistir Solicitud Presentada¨. Solo se admitira una presentacion por tipo de solicitud, hasta que se resuelva la misma.

    Una vez presentada la solicitud de este Tramite Monotributo para incorporarse al Padron de Productores de Granos, el solicitante contara con dos dias corridos contados desde el dia inmediato siguiente, inclusive, al de dicha presentacion, para constatar que los datos ingresados hayan superado los controles efectuados, ingresando en la opcion ¨Consultar Estado Solicitud¨. De este modo, tendra la aprobacion formal de la solicitud, o conocera si los controles no fueron superados.


    ¿Cual es el plazo que hay para realizar la solicitud para incorporarse al Tramite Monotributo del Padron de Productores de Granos, y para actualizar la informacion?

    Los plazos y condiciones para que el responsable pueda solicitar la inscripcion del Tramite Monotributo en el Padron de Productores de Granos, o para efectuar la actualizacion de datos, son los siguientes, segun cada caso:

    Para inscribirse en el Padron de Productores de Granos: el plazo es desde el 14 de Noviembre de 2008, inclusive, o a partir del dia de inicio en la actividad de produccion de granos, de resultar posterior.

    Para actualizar los datos: el plazo es hasta el ultimo dia del mes inmediato posterior al que se haya realizado alguna incorporacion o modificacion en relacion a los datos que se hayan declarado.


    ¿En donde se puede consultar la incorporacion al Padron de Productores de Granos – Monotributistas?

    El contribuyente podra consultar su inclusion en el Padron de Productores de Granos, siempre que sea procedente, ingresando al servicio ¨Padron de Productores de Granos - Monotributistas¨, opcion ¨Consultar Estado en el Padron¨ del sitio web institucional de AFIP, ingresando con el procedimiento de Clave Fiscal.

    Ademas, el responsable tendra la posibilidad de imprimir, segun corresponda, las constancias de inclusion, de rechazo, o de exclusion, utilizando su equipamiento informatico.


    ¿Cuales son las causales por las que la AFIP puede rechazar la inclusion en el Padron de Productores de Granos, o la permanencia en el mismo?

    La AFIP esta habilitada para rechazar la inclusion en el Padron de Productores de Granos o la permanencia en el mismo, de los contribuyentes que no cumplan con los requisitos y condiciones que establece la RG 2504/08.

    Asa como tambien podra tomar medidas similares con aquellos que esten en alguna de las situaciones mencionadas a continuacion:

    Que no esten adheridos al Regimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

    Que no hayan efectuado ante la AFIP, la declaracion de un codigo de actividad relacionado a la produccion de granos, conforme a lo establecido en el ¨Codificador de Actividades¨. F. 150.

    Que no hayan presentado una o mas declaraciones juradas vencidas, acerca de los impuestos y/o regamenes controlados por la AFIP, por los que esten obligados.

    Que hayan ingresado un domicilio fiscal declarado o denunciado en alguno de los previstos establecidos en el Artaculo Nº 5 de la Resolucion General Nº 2.109, sus modificaciones o complementarias.

    Que esten incluidos en la base de Contribuyentes no confiables, que se encuentra publicada en el sitio web de AFIP, y/o tengan registrada la baja del Monotributo, y/o cuenten con desvaos detectados, referidos a las tareas de control efectuadas por la AFIP.

    Que esten querellados o denunciados penalmente, en caso de haberse dispuesto la prision preventiva o, el auto de procesamiento vigente.

    Que esten querellados o denunciado penalmente por delitos comunes relacionados con el incumplimiento de las obligaciones impositivas, de la seguridad social o aduaneras, ya sean propias o de terceros, y en caso de que acuda la situacion procesal establecida en el inciso mencionado anteriormente.

    Que se encuentren involucrados en causas penales, por las cuales se haya dictado el procesamiento de funcionarios o exfuncionarios del Estado por ejercer sus funciones, en caso de que acuda la situacion procesal establecida en el inciso mencionado anteriormente.

    En caso de personas juradicas, se aplican a sus integrantes, las condiciones mencionadas a partir del cuarto hasta el ultimo inciso precedente.


    ¿Puede presentar disconformidad aquel que fue rechazado de la inclusion o permanencia del Padron de Productores de Granos?

    Sa, el contribuyente que haya sido rechazado para la inclusion o la permanencia del Padron de Productores de Granos, tendra la posibilidad de manifestar su disconformidad, presentando una nota ante la dependencia de la AFIP en la cual este inscripto.


    ¿Debe incluirse en el Padron de Productores de Granos aquel monotributista que alquila un inmueble rural, por el cual percibe granos que luego vende?

    En caso de ser el titular de la propiedad pero no ser productor de granos, no tendra la obligacion de incluirse en el Padron de Productores de Granos – Monotributistas, pero tendra que inscribirse en el Registro de Operadores del Comercio de Granos, segun lo previsto por la ONCCA.


    ¿De que manera se puede consultar si un Productor de Granos Monotributista esta incluido en el Padron de Productores de Granos?

    Aquellos que deseen realizar dicha consulta, tendran que ingresar al link http://10.20.152.65/genericos/registros/productores.asp.

    Alla habra que informar la CUIT del contribuyente por el cual se esta efectuando la consulta.

    De igual modo, se podra descargar el archivo completo que corresponde al registro de Pequeños Contribuyentes Monotributistas. Para ello, habra que seleccionar la opcion ¨Descargar Archivo Completo¨.


    ¿Que requisitos se deben cumplir para proceder la autorizacion de la ¨Solicitud de Compra¨?

    Para recibir la autorizacion de la ¨Solicitud de compra¨ aquel que la adquiera debera cumplir con los siguientes requisitos:

    Contar con una C.U.I.T. asignada.

    Estar habilitados para obtener y hacer uso de los formularios C1116A, C1116B, C1116C y/o C1116RT. Aquellos que esten inscriptos en el Regimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), tendran que estar incluidos en el ¨Padron de Productores de Granos – Monotributo¨, al momento de realizar la Solicitud de Compra.

    Haber presentado todas las declaraciones juradas del impuesto al valor agregado y de los recursos de la seguridad social, en caso de corresponder, de los ultimos 12 peraodos fiscales, o del tiempo que haya pasado a partir del inicio de actividades o del cambio de condicion ante el impuesto, de ser menor, vencidos al penultimo mes precedente a la fecha de presentacion de la solicitud.

    Como asa tambien, haber efectuado la presentacion de la declaracion jurada del impuesto a las ganancias que corresponden al ultimo peraodo fiscal vencido al momento de presentar la solicitud.

    Si se trata de aquellos que esten adheridos al Monotributo, solo tendran que cumplir con el requisito mencionado en el primer parrafo de este inciso, relacionado, en caso de corresponder, a los recursos de la seguridad social.

    Tener el domicilio, que se haya declarado ante la AFIP, actualizado.

    No presentar irregularidades, ni incumplimientos resultantes de la evaluacion de su comportamiento fiscal.

    Haber informado a la AFIP aquellos comprobantes que se hayan obtenido previamente, segun el presente regimen, a traves de los procedimientos que acepte el organismo.


    ¿En que momento se debe seleccionar la opcion Integrante de Sociedad?

    La opcion Integrante de Sociedad se debe seleccionar en caso que la sociedad este inscripta al Tramite Monotributo


    ¿Debera volver a realizar la inscripcion al Tramite Monotributo aquel extranjero que adquiere la CUIT definitiva?

    En dicho caso, se tendra que obtener la clave fiscal con la CUIT definitiva y luego efectuar la asociacion de CUIT recurriendo a la Dependencia de AFIP correspondiente.

    Una vez que adquiere la Clave Fiscal, habra que ingresar al servicio ¨Sistema Registral¨ para volver a efectuar la adhesion, en la cual se obtendra una nueva credencial de pago F. 152, con la CUIT definitiva.

    Para ver los pagos que se efectuaron con la CUIT anterior, se podra acceder, con clave fiscal y con la CUIT provisoria, al servicio CCMA, Cuenta Corriente Monotributistas y Autonomos.


    ¿De que manera debera informarse la categoria de autonomos, en caso de locacion de bienes muebles e inmuebles?

    Para informar la categoria de autonomos, en caso de locacion de bienes muebles e inmuebles, habra que seleccionar la opcion ¨No Aportante a este Regimen¨- ¨Otros¨, para efectuar la inscripcion, o bien, para recategorizarse en el Monotributo.


    ¿De que manera debera informarse la categoria de autonomos, en caso de tratarse de una sociedad indivisa?

    Para informar la categoria de autonomos, en caso de una sociedad indivisa, se debera seleccionar la opcion ¨No Aportante a este Regimen¨- ¨Otros¨, para efectuar la inscripcion, o la recategorizacion en el Monotributo.


    ¿De que manera se efectua el alta de un integrante de la Obra Social del Monotributista?

    Los pasos a seguir para adherir a un integrante a la Obra Social son:

    En primer lugar, habra que ingresar con la opcion ¨Acceda con Clave Fiscal¨, al sitio web de AFIP www.afip.gob.ar, y luego presionar el boton ¨Ir¨.

    En segundo lugar, se debera ingresar la CUIT, Clave Fiscal y presionar ¨Aceptar¨.

    Aqua se debera acceder a la opcion ¨Sistema Registral¨. El sistema desplegara una nueva ventana, en la cual se tendra que seleccionar, con un click, el contribuyente que corresponda, dentro del cuadro ¨Seleccione¨, situado a la derecha de los datos del contribuyente.

    El siguiente paso sera elegir la opcion ¨Registro Tributario¨, y luego el atem ¨Monotributo¨, entre los que se despliegan.

    A continuacion, se debera optar por la opcion ¨Modificacion de Datos¨, que se encuentra ubicada en el punto 1 del servicio.

    En el punto 2, se debera seleccionar el respectivo numero de CUIT.

    Luego, habra que presionar el boton ¨Generar Declaracion Jurada¨.

    Aqua se debe presionar, en el punto de Obra Social, que esta abajo, ¨Agregar Integrante¨.

    Se abrira una ventana, en la cual se tendran que completar los datos del adherente, como ser: Tipo y Numero de Documento, Nombres y Apellido, Parentesco/Vanculo.

    Una vez ingresados los datos, se debera presionar el boton ¨Almacenar Integrante¨.

    Luego, presionar el boton ¨Enviar Formulario¨.

    Se exhibiran los formularios F. 184, que sera el comprobante correspondiente a la modificacion de datos efectuada, y el F. 152, el cual sera la nueva Credencial de Pago.

    Cabe aclarar, que en aquellos casos en que se haya realizado la recategorizacion antes del mes de Septiembre de 2007, con lo cual no estan completados los nuevos campos referidos a la ¨Actividad¨, el ¨Total de Ingresos¨, la ¨Superficie¨, la ¨Energia¨ y el ¨Precio Unitario¨, y tengan que realizar en la actualidad, una modificacion de datos, como por ejemplo, la de inscribir a un adherente, se tendran que completar dichos datos.

    En tanto, en el momento de efectuar la modificacion de datos, es recomendable confirmar que se han completado todos los campos correctamente, a fin de evitar irregularidades y/o errores al momento de enviar la informacion.


    ¿De que manera se efectua la baja de un integrante de la Obra Social?

    Los pasos a seguir para eliminar un integrante adicional de la Obra Social son:

    En primer lugar, habra que ingresar con la opcion ¨Acceda con Clave Fiscal¨, al sitio web de AFIP www.afip.gob.ar, y luego presionar el boton ¨Ir¨.

    En segundo lugar, se debera ingresar la CUIT, Clave Fiscal y presionar ¨Aceptar¨.

    Aqua se debera acceder a la opcion ¨Sistema Registral¨. El sistema desplegara una nueva ventana, en la cual se tendra que seleccionar, con un click, el contribuyente que corresponda, dentro del cuadro ¨Seleccione¨, situado a la izquierda de los datos del contribuyente.

    El siguiente paso sera elegir la opcion ¨Registro Tributario¨, y luego el atem ¨Monotributo¨, entre los que se despliegan.

    A continuacion, se debera optar por la opcion ¨Modificacion de Datos¨, que se encuentra ubicada en el punto 1 del servicio.

    En el punto 2, se debera seleccionar el respectivo numero de CUIT.

    Luego, habra que presionar el boton ¨Generar Declaracion Jurada¨.

    Aqua se debe presionar, en el punto de Obra Social, que esta abajo, la cruz situada junto al integrante que se quiera eliminar.

    Luego, presionar el boton ¨Enviar Formulario¨.

    Se exhibiran los formularios F. 184, que sera el comprobante correspondiente a la modificacion de datos efectuada, y el F. 152, el cual sera la nueva Credencial de Pago.

    Cabe aclarar, que en aquellos casos en que se haya realizado la recategorizacion antes del mes de Septiembre de 2007, con lo cual no estan completados los nuevos campos referidos a la ¨Actividad¨, el ¨Total de Ingresos¨, la ¨Superficie¨, la ¨Energia¨ y el ¨Precio Unitario¨, y tengan que realizar en la actualidad, una modificacion de datos, como por ejemplo, la de inscribir a un adherente, se tendran que completar dichos datos.

    En tanto, en el momento de efectuar la modificacion de datos, es recomendable confirmar que se han completado todos los campos correctamente, a fin de evitar irregularidades y/o errores al momento de enviar la informacion.


    ¿De que manera se efectua el cambio de categoria cuatrimestral?

    Para realizar el cambio de categoria cuatrimestral del Tramite Monotributo, se deberan seguir los siguientes pasos:

    En primer lugar en este Tramite Monotributo, habra que ingresar con la opcion ¨Acceda con Clave Fiscal¨, al sitio web de AFIP www.afip.gob.ar, y luego presionar el boton ¨Ir¨.

    En segundo lugar del Tramite Monotributo, se debera ingresar la CUIT, Clave Fiscal y presionar ¨Aceptar¨.

    Aqua en el Tramite Monotributo, debera acceder a la opcion ¨Sistema Registral¨. El sistema desplegara una nueva ventana, en la cual se tendra que seleccionar, con un click, el contribuyente que corresponda, dentro del cuadro ¨Seleccione¨, situado a la izquierda de los datos del contribuyente.

    El siguiente paso sera elegir la opcion ¨Registro Tributario¨, y luego el atem ¨Monotributo¨, entre los que se despliegan.

    A continuacion, se debera optar por la opcion ¨Recategorizacion¨, que se encuentra ubicada en el punto 1 del servicio.

    En el punto 2, se debera seleccionar el respectivo numero de CUIT.

    Luego, habra que presionar el boton ¨Generar Declaracion Jurada¨.

    Se exhibira el formulario F. 184 de Declaracion Jurada. El mismo debera ser completado segun los nuevos datos por los que se esta considerando la recategorizacion.

    Luego, presionar el boton ¨Enviar Formulario¨.

    Se exhibira el formulario F. 184, que sera el comprobante correspondiente a la recategorizacion efectuada, junto con la nueva Credencial de Pago.


    Al completar tus datos podremos informarte de tu situacion actual ante la Fiscal