Inspectores de ARBA podran Multar y Clausurar
Informese sobre la nueva reglamentacion del organismo bonaerense y las fiscalizaciones que estan autorizados los inspectores de ARBA a realizar en la Provincia de Buenos Aires.
Los inspectores de ARBA pueden aplicar multas y clausuras hasta por 10 dias a comercios.
Los inspectores de ARBA estan habilitados para para multar y clausurar a comerciantes que cometan infracciones tributarias. Pueden aplicar multas hasta 30.000 pesos.
ARBA ya puede sancionar fuertemente a los comerciantes que no emitan facturas.
Esta reglamentado bajo en nuevo acuerdo vigente legal, la no emision de facturas, comprobantes como tickets, los inspectores del organismo podran multar y clausurar hasta 10 dias y multar hasta por 30.000 pesos.
Esta doble sancion de multas y clausuras ya se encuentra vigente en el Codigo Fiscal provincial 2011.
En efecto, el Codigo Fiscal bonaerense 2011 apunta hacia los contribuyentes que:
El Codigo Fiscal bonaerense 2011 tiene a en la mira a los monotributistas que :
- No emitan facturas o comprobantes a la hora de realizar la venta
- Posean bienes o mercaderias a su nombre y que no tengan comprobantes o facturas de dicha adquisicion.
- No lleven anotaciones o registraciones de sus bienes, o servicios prestados, o de ventas realizadas o locaciones o prestaciones.
- Los que recurran a entes o personas juradicas para evadir al fisco.
- No mantengan en condiciones de operatividad los soportes magneticos que contengan datos vinculados con la materia imponible, por el termino de 5 años.
- Los contribuyentes que no exhiban dentro de los 5 dias despues de solicitados, los comprobantes de pago requeridos obligatorios.
- Se hallen en posesion de bienes o mercaderias respecto de las cuales no posean, en el mismo lugar en que estos se encuentran, la documentacion requerida
- Usen comprobantes o documentos que no reunan los requisitos exigidos.
- No posean el certificado de domicilio correspondiente.
- No se encuentren inscriptos como contribuyente o responsables teniendo la obligacion de hacerlo.
- No exhiban el comprobante de pago del ultimo anticipo vencido del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.